Falta de combustibles: Decreto ordena reducir al 50% el uso de vehículos del Estado


El gabinete de Luis Arce aprobó restringir el acceso a carburantes en la administración pública.

Vehículos del nivel central del Estado.
Vehículos del nivel central del Estado. Vehículos del nivel central del Estado. Foto: Referencial

Fuente: Correo del Sur 

 



 

El gabinete de ministros del gobierno de Luis Arce determinó reducir al 50% el uso del parque automotor de las instituciones públicas y restringir el acceso a los combustibles, como una de las medidas frente a la crisis del combustible que se agudizó en las últimas semanas.

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“Con la finalidad de reducir el consumo de gasolinas o diésel en el sector público, transitoriamente se restringe en cincuenta por ciento (50%) el uso del parque automotor en circulación correspondiente a las instituciones públicas previstas en el ámbito de aplicación del presente Decreto Supremo”, señala el decreto aprobado el 19 de marzo.

Además, define que el uso de gasolinas o diésel en los vehículos de las instituciones públicas, se sujetará a las siguientes previsiones:

El cupo diario de asignación de gasolinas o diésel, se reduce a ocho (8) litros;

Diariamente, las bitácoras de los vehículos no podrán superar el kilometraje que permite cubrir el volumen de gasolinas o diésel máximo asignado;

Los vales de gasolinas o diésel no utilizados deberán ser devueltos a la dirección administrativa de cada institución pública, no pudiendo ser acumulados para su uso.

El Decreto 5353 autoriza al Ministerio de Economía limitar la ejecución en el presupuesto vigente, en el objeto de gasto 34110 «Combustibles, Lubricantes y Derivados para consumo» en un cincuenta por ciento (50%), y restringir sus modificaciones presupuestarias en las instituciones públicas comprendidas en el ámbito de aplicación del presente Decreto Supremo.

Finalmente, ordena a las empresas públicas y universidades públicas que, en el plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, remitan al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas el porcentaje a ser restringido del objeto de gasto 3411.


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