El beneficio excluye a reincidentes y condenados por delitos graves.
Fuente: Correo del Sur
El Gobierno Nacional emitió el Decreto Presidencial 5137, mediante el cual se concede amnistía a determinados grupos de privados de libertad en el país, siempre que cumplan con cinco requisitos establecidos en la normativa. Al mismo tiempo, el decreto establece cinco exclusiones que impiden acceder a este beneficio.
Entre los reos que podrán acogerse a la amnistía se encuentran los hombres mayores de 58 años y mujeres mayores de 55. También podrán beneficiarse personas con discapacidad grave o muy grave, detenidos con enfermedades oncológicas o insuficiencia renal en fase terminal, así como aquellos que requieran atención hospitalaria. En el caso de las mujeres, el decreto contempla a quienes estén embarazadas o en periodo de lactancia.
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Por otro lado, quedan excluidos de la amnistía aquellos procesados por delitos que no admiten este beneficio, quienes hayan cometido nuevos delitos mientras estaban en prisión, los reincidentes y aquellos que ya hubieran sido beneficiados con un decreto de amnistía en los últimos cinco años.
El decreto busca aliviar la situación en los centros penitenciarios del país, priorizando a sectores vulnerables, sin dejar de lado restricciones que eviten el abuso del beneficio.