Con el fin de apoyar a alcaldías y gobernaciones que tienen deudas pendientes con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), el Gobierno aprobó un decreto para la reprogramación de deudas pendientes y/o condona los intereses penales de sus prestatarios que presenten deterioro en su capacidad de pago.
Fuente: ABI
Se trata del Decreto Supremo 5372 que en su artículo 1 refiere: “Con el fin de apoyar a los prestatarios con deudas pendientes con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FNDR, que presenten deterioro en su capacidad de pago, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 4693, de 6 de abril de 2022”.
En ese propósito se modifica el parágrafo II del Artículo 3 del Decreto Supremo N° 4693, de 6 de abril de 2022, precisando que “los prestatarios beneficiados con la reprogramación y/o condonación del interés penal, deben haber contraído obligaciones con el FNDR para financiar proyectos que se encuentren en ejecución, concluidos en su ejecución física, en proceso de resolución, en proceso de cierre, en mora o en mora en ejecución”.
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Antes de este ajuste, solo podían acceder a este beneficio quienes habían contraído obligaciones con el FNDR antes de la vigencia del Decreto Supremo N° 4693, es decir, el 6 de abril de 2022.
Esta reprogramación de los créditos del FNDR fue acordada por el Gobierno nacional y los municipios del país.
El FNDR tiene como objetivo contribuir al desarrollo local y regional del país mediante operaciones exclusivas de crédito a las Municipalidades, Mancomunidades Municipales y Prefecturas Departamentales, fomentando al desarrollo del mercado privado de financiamiento con estas entidades y promoviendo un endeudamiento prudente, a través de Programas de Desarrollo Institucional en las Municipalidades, Mancomunidades Municipales y Prefecturas.
De acuerdo con la disposición transitoria única del decreto, el FNDR adecuará la reglamentación del Decreto Supremo 4693 en un plazo de diez días hábiles
Rdc/Jfcch/CC