Dos trámites en el TSJ y TCP pueden cambiar el curso del fallo que beneficia a Morales


El Presidente del TSJ explicó que el fallo a favor de Evo Morales debe ser comparado con otro similar, pero a favor de la víctima, para luego asumir una decisión. El TCP debe revisar de oficio el dictamen para ratificarlo o denegarlo, según un jurista

El expresidente Evo Morales en una fotografía de archivo. Foto: ABI

Fuente: Brújula Digital



Dos trámites pueden cambiar el curso del auto constitucional que beneficia al expresidente Evo Morales. La primera acción, de oficio, está a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), instancia que debe revisar el dictamen para ratificarlo o denegarlo. La segunda, en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), debe comparar este fallo con otro similar, pero a favor de la víctima, para luego asumir una decisión.

Este miércoles, el abogado de Morales, Jorge Pérez, informó que la Justicia cruceña emitió un auto constitucional que anuló obrados en contra del exmandatario y la orden de aprehensión en su contra, mientras que ordenó el traslado del proceso a un juzgado de Villa Tunari, en el trópico de Cochabamba.

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La decisión fue asumida por la jueza del juzgado 14 Sentencia Penal Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres de la ciudad de Santa Cruz, Lilian Moreno Cuéllar, quien ya en octubre del año pasado había fallado a favor de Morales al dejar sin efecto una orden de aprehensión por el mismo caso de trata con agravante.

Así, Morales ya deja de tener en su contra la imputación y la orden de apremio dentro de un juicio por trata y tráfico de personas, con agravante, luego de revelarse que habría tenido una hija con una menor de edad, en 2016, cuando era presidente.

Al respecto, el presidente del TSJ, Romer Saucedo, explicó que hubo dos recursos similares que fueron considerados, uno en Santa Cruz de la Sierra y otro en la ciudad de La Paz.

Precisó que la que resolvió la jueza de Santa Cruz, concede la tutela en favor del imputado, en este caso el expresidente Evo Morales. Mientras que el resuelto en La Paz, declaró la tutela en favor de la víctima.

“Entonces, estamos comparando ambas resoluciones para ver qué decisión podemos asumir en relación con ello”, declaró Saucedo.

El Presidente del TSJ resaltó que este caso demuestra una connotación social en todo el país, ya que la población está expectante por lo que pueda suceder y determinar la administración de justicia. Por ello, señaló que esa institución debe asumir una postura “clara y no ser tibia”.

“Hay un reproche social a todo lo que son delitos donde estén involucrados niñas, niños y adolescentes como víctimas y nosotros, como TSJ, en todo momento hemos dicho que nuestra prioridad son los sectores más vulnerables de la población. En ese sentido, nuestra línea es clara, hay que proteger a nuestros niños en todo momento”, sostuvo.

Por su lado, el abogado constitucionalista Fabricio Góngora explicó que el auto constitucional emitido por la jueza cruceña debe ir en revisión, de oficio, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, ya sea para que confirme o deniegue la cautela.

“Cuando se emiten resoluciones constitucionales, siempre pasan de oficio a revisión a Sucre, a lo que es el TCP. Esto no quiere decir que se deja sin efecto (el fallo), se sigue manteniendo vigente, conforme el Código Procesal Constitucional. Sin embargo, ya será el TCP el que confirme o revoque esta decisión”, afirmó Góngora.

Si bien ese es el curso constitucional que se sigue por la emisión del auto constitucional, el jurista también explicó que se puede seguir procesos por la vía penal, si es que hubo irregularidades en la emisión de ese fallo, por lo que puede haber una acusación de prevaricato u otro delito en contra de la jueza.

BD/JJC