Admiten acción popular que busca inhabilitar a Morena y APB- Súmate, en las elecciones generales


La acción popular contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) argumenta que los dos partidos políticos no cumplieron con los plazos para obtener sus personerías jurídicas.

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[Foto RRSS ] / Eva Copa y Manfred Reyes Villa
Fuente: Unitel 

 



Una acción popular busca que el Movimiento de Renovación Nacional (Morena), de Eva Copa, y Autonomía Para Bolivia-Súmate (APB), de Manfred Reyes Villa, queden inhabilitados para participar de las elecciones generales 2025. La petición es impulsada por Humberto Vidaurre Castillo contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), según el documento al que UNITEL tuvo acceso.

“Conforme en art. 13, numeral III de la Ley 1096 de Ley de Organizaciones Políticas, hay dos partidos políticos que se han postulado para habilitar su participación a pesar que no pueden ser habilitados para intervenir en las elecciones generales 2025”, señala parte del memorial presentado por el abogado Humberto Vidaurre Castillo, ante el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.

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El documento señala que el TSE otorgó la personería jurídica a APB – Súmate, en plazos que supuestamente no estaban establecidos.

El memorial indica que, en fecha 5 de diciembre de 2024, APB – Súmate, recibió su personería jurídica y que al 3 de abril de 2025, son 119 días calendario, por lo que supuestamente no cumple el plazo mínimo de los 120 días.

“APB- Súmate no debería contar con personería jurídica al haberla perdido cuando era la agrupación ciudadana Autonomía para Bolivia (APB) de la cual hace su conversión a APB- Súmate”, señala el documento.

En el caso de Morena, el documento señala que el 12 de febrero de 2025 recibió la aprobación de su personería jurídica y que al 3 de abril son 50 días calendario, lo que supuestamente no cumple con el plazo de 120 días calendario.

“Al no permitirse la participación de estos dos partidos políticos en las elecciones generales, únicamente el TSE estará garantizando el debido cumplimiento de la Ley 1096, de Organizaciones Políticas”, señala el memorial.

En fecha 8 de mayo 2025, la acción popular fue admitida y cuya audiencia está prevista para el 23 de mayo, según el documento firmado por vocales de la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.