”Después de años de lucha incansable, el TCP ha fallado a favor del pueblo indígena Tsimane, restituyéndoles sus tierras ancestrales y anulando los asentamientos interculturales en su territorio”, señaló Lero.
[Foto referencial: Fundación Solón] / Desde 2021, el Gran Consejo Tsimane exigía al INRA la titulación de más de 54.000 hectáreas como tierras comunitarias de origen.
Fuente: Unitel
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ordenó al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) admitir la demanda de dotación y titulación de tierras comunitarias presentada por el pueblo indígena Tsimane, del sector Yacuma, en el departamento del Beni, según el reporte de la diputada Toribia Lero (Comunidad Ciudadana).
”Después de años de lucha incansable, el TCP ha fallado a favor del pueblo indígena Tsimane, restituyéndoles sus tierras ancestrales y anulando los asentamientos interculturales en su territorio”, señaló Lero, en redes sociales.
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Asimismo, un reporte de Correo del Sur refleja que la decisión, contenida en la sentencia constitucional 0935/2024, anula además los asentamientos otorgados a comunidades interculturales dentro del territorio ancestral Tsimane y dispone su desalojo inmediato.
Desde 2021, el Gran Consejo Tsimane exigía al INRA la titulación de más de 54.000 hectáreas como tierras comunitarias de origen (TCO), sin recibir respuesta. En paralelo, más de 28.000 hectáreas fueron ocupadas por otros sectores, según el reporte.
Lero también recordó que los tsimanes llevaron su demanda hasta la CIDH, con el respaldo de más de 30 organizaciones indígenas, logrando así visibilizar su causa a nivel internacional y advirtiendo que “el MAS nunca defendió a los pueblos indígenas, solo los utilizó”.
El fallo también establece que el Ministerio Público investigue a las autoridades del INRA por posibles responsabilidades penales y ordena reparar los daños ambientales causados por los asentamientos ilegales.
De acuerdo con el reporte, el fallo reconoce expresamente el derecho a la vida, a la identidad cultural y al territorio, y obliga al Estado a restituir la posesión de 54.302 hectáreas a favor del pueblo indígena accionante.