El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tahuichi Tahuichi Quispe, expresó su preocupación por la falta de garantías plenas para las elecciones generales del 17 de agosto. Advierte sobre los riesgos que enfrenta el proceso, desde la ausencia de una normativa clave como la Ley de Preclusión y la Ley 044, hasta la presión externa sobre los vocales del TSE, el conflicto de competencias con el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y diversos desafíos operativos. Insiste en que, sin el respeto al principio de preclusión —base fundamental de la seguridad jurídica electoral—, el desarrollo transparente del proceso electoral está seriamente comprometido.
Fuente: lostiempos.com
Los Tiempos (LT).- ¿Están garantizadas las elecciones generales?
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Tahuichi Tahuichi Quispe (TT).- Las elecciones no están plenamente garantizadas. Es fundamental recordar una regla de oro: todo proceso electoral debe realizarse bajo el amparo de la ley, la cual debe ser respetada por todos, desde el presidente hasta el último ciudadano. Y la ley establece que un proceso electoral se rige por el principio de preclusión.
Mientras no se aprueben la Ley de Preclusión y la Ley 044, las elecciones nacionales estarán en riesgo, al igual que los procesos electorales futuros. El principio de preclusión implica que ninguna etapa ni actividad del proceso puede ser revisada, retrotraída ni repetida por mandato de ley. Una vez que una etapa concluye, se avanza a la siguiente.
La primera actividad fue la convocatoria a elecciones presidenciales y la número 61 es el día de las elecciones, el domingo 17 de agosto. Como vocales, actuamos como árbitros y no podemos interferir en ninguna actividad ya establecida en el calendario.
LT.- ¿Qué riesgos ve en el proceso electoral actual?
TT.- Existen varios riesgos. El primero es la posible violación del principio de preclusión, como ya ocurrió en las elecciones judiciales, donde se retrotrajeron etapas que ya habían concluido.
Segundo, enfrentamos un asedio constante a los vocales: manifestantes están rodeando los tribunales departamentales y el propio TSE. Se nos quiere forzar a infringir la ley para habilitar a determinados candidatos, pese a que el plazo para la inscripción de organizaciones políticas y alianzas ya precluyó. Sólo una sentencia constitucional podría modificar esa situación.
Tercero, hay un conflicto de competencias entre el TSE y el TCP, lo que genera incertidumbre y debilita institucionalmente al Órgano Electoral.
Adicionalmente, enfrentamos desafíos operativos como garantizar el voto en el exterior y contar con un soporte tecnológico adecuado.
También se produce una injerencia indirecta del TCP sobre el Órgano Electoral. Aunque ambos son órganos independientes, el artículo 203 de la Constitución establece que las decisiones del TCP son de cumplimiento obligatorio. Esta disposición nos coloca en una situación de vulnerabilidad, afectando la independencia del TSE y comprometiendo la transparencia del proceso.
Este conflicto se agrava porque actualmente debemos cumplir tanto con una sentencia constitucional como con la ley electoral. No debería existir esta injerencia, ya que el TCP no forma parte del Órgano Electoral ni de ninguno de los poderes del Estado. Es una entidad autónoma cuya función es interpretar la Constitución y velar por el respeto a los derechos humanos. Sin embargo, concentra mucho poder.
Esto nos lleva a considerar la necesidad futura de una Asamblea Constituyente para revisar nuestro sistema de justicia. Aunque ese debate será posterior, hoy debemos actuar conforme a la normativa vigente.
LT.- ¿Cuál es la importancia del principio de preclusión?
TT.- Es fundamental para garantizar la seguridad jurídica del proceso electoral. Establece que cada etapa del proceso es definitiva y no puede ser modificada, revisada ni repetida. Una vez cerrada una fase, se avanza a la siguiente. Por ejemplo, la inscripción de alianzas y candidaturas ya ha concluido; no podemos retroceder.
Este principio permite que se cumpla el calendario electoral sin manipulaciones y asegura que las decisiones no estén sujetas a intereses externos. Como vocales, somos árbitros imparciales y no podemos intervenir en etapas que ya han precluido.
El calendario electoral contempla 61 actividades, siendo la número 61 el día de las elecciones, el 17 de agosto. En una democracia, el voto debe ser libre, individual, transparente y contarse voto por voto. En resumen, el proceso electoral debe guiarse por reglas claras. Como decimos en el juego del cacho: se anota lo que se ve.
Fuente: lostiempos.com