La magistrada del Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia, Fanny Coaquira, aún no se pronunció sobre la denuncia que surgió en su contra por la presentación de un certificado supuestamente falsificado cuando se postuló al cargo
Fuente: ANF / La Paz
La magistrada titular del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) Fanny Coaquira aún no se pronunció sobre la denuncia que surgió en su contra por la presentación de un certificado supuestamente falsificado cuando se postuló al cargo, juristas consideran que debe explicar esas aseveraciones; además, el Ministerio Público debería iniciar una investigación de oficio.
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“Hay un elemento que debe aclararse para la población y eso supone que la magistrada, en tanto servidora pública, debiera hacer conocer su versión sobre esa denuncia. Por lo tanto, no cabe el silencio, sino lo que corresponde es realizar una aclaración correspondiente por parte de esta servidora pública”, afirmó el abogado constitucionalista Carlos Alberto Goitia, en declaraciones a la ANF.
Antonio de la Fuente presentó una acción de cumplimiento en el juzgado de Coroico con el fin de suspender a la magistrada de su cargo porque, aparentemente, presentó un certificado falsificado de la Universidad Unión Bolivariana, el cual señalaba que fue docente en la gestión 2020 – 2023.
Ese caso provocó un escándalo en el sistema judicial porque se detectó una presunta red que intentó manipular un fallo judicial, derivó en la aprehensión y renuncia del ministro de Justicia, César Siles; del presidente del TDJ de La Paz, Yvan Córdova; y de la vocal Claudia Castro. La investigación también alcanzó al magistrado suplente Iván Campero, al juez de Coroico Fernando Lea Plaza y al abogado José Uriarte.
La abogada constitucionalista Kathia Saucedo también coincidió con Goitia, consideró que debe explicar esa situación para desvirtuar las versiones sobre la presentación de un documento falsificado.
«Se la acusa de haber utilizado o presentar documentos falsos para llegar al cargo. Eso tiene dos tipos penales: falsificación de documentos y uso de instrumento falsificado. Son dos tipos penales clásicos. Entonces, existe la necesidad de que ella se pronuncie sobre ese tema, que se aclare, con el objetivo de desvirtuar esas acusaciones», manifestó.
Este medio intentó comunicarse con la magistrada para conocer su versión sobre esas acusaciones, pero no respondió a los mensajes que se enviaron a su WhatsApp y a las llamadas. El fiscal departamental de La Paz, Luis Carlos Torrez, dijo que la autoridad judicial se adhirió al proceso en calidad de víctima.
En ese contexto, Goitia dijo que la alta autoridad judicial no puede alegar que el caso es privado y no brindar ninguna información porque entregó documentos a la Asamblea Legislativa que representan a la población, además, se debe tomar en cuenta que es una servidora pública.
«La documentación ha sido presentada a la Asamblea Legislativa. Como ente en el que están los representantes del pueblo boliviano, por lo tanto, no son documentos privados, sino que son documentos que tratan de verificar un hecho público. Ella entregó los mismos para certificar que cumple con los requisitos para acceder a un cargo electo y público», puntualizó.
Investigación penal y de oficio
Por otra parte, Saucedo dijo que, en caso de comprobar que el documento fue fraguado, corresponde una investigación penal y no un juicio de responsabilidades, porque el ilícito se cometió cuando aún no ejercía el cargo de magistrada.
«En este caso no amerita un juicio de responsabilidades, ese procedimiento se aplica cuando se comete el delito en el ejercicio de la función; es decir, si la magistrada en el ejercicio de sus funciones comete algún ilícito. Sin embargo, ese acto fue realizado antes de que sea magistrada, ella debería ser sometida a la justicia ordinaria y puede perder el cargo, si se comprueba que la magistrada ha usado documentación falsa», explicó.
Goitia también coincidió con esa valoración y señaló que, al ser un delito de orden público, el Ministerio Público debe iniciar una investigación de oficio sin la necesidad de que una tercera persona presente una demanda penal.
«Se configura en un delito de acción pública, porque así lo establece la normativa penal boliviana. Por lo tanto, lo que correspondería es la investigación de oficio por parte del Ministerio Público. No se necesita una denuncia, con el solo conocimiento de un supuesto hecho delictivo debiera dar lugar a que se inicie el proceso investigativo para determinar si existe o no conducta delictiva», puntualizó.