Elecciones 2025: Fiscal general instruye activar plan de acción ante delitos electorales


El Plan de Trabajo debe centrarse principalmente en reforzar los habituales turnos que cumple el personal fiscal y de apoyo en dependencia de las fiscalías departamentales, cumpliendo sus funciones y obligaciones con la mayor responsabilidad, celeridad y debida diligencia en la atención de hechos que puedan surgir.

Fuente: FGE



El Fiscal General del Estado, Roger Mariaca Montenegro, emitió el Instructivo FGE/RRMM N°180/2025, instruyendo la elaboración de un Plan de Trabajo en cada Fiscalía Departamental para que Fiscales de Materia, peritos del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) y personal de apoyo atiendan de manera inmediata cualquier delito electoral u otros hechos punibles que pudieran registrarse antes, durante y después de las elecciones generales de agosto de 2025.

“Los Fiscales Departamentales deben elaborar un Plan de Trabajo y Acción, que contemple todas las acciones necesarias para garantizar la atención adecuada y oportuna por parte del Ministerio Público ante cualquier eventualidad con entidad penal o denuncias que sean puestas a conocimiento del Ministerio Público en las formas establecidas por la ley, que se puedan suscitar antes, durante y después de la jornada electoral prevista para el 17 de agosto de 2025”, señala el documento emitido por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio Público.

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El Plan de Trabajo debe centrarse principalmente en reforzar los habituales turnos que cumple el personal fiscal y de apoyo en dependencia de las fiscalías departamentales, cumpliendo sus funciones y obligaciones con la mayor responsabilidad, celeridad y debida diligencia en la atención de hechos que puedan surgir; además de que el trabajo debe ser coordinado con las instancias pertinentes en el marco de la Ley Orgánica del Ministerio Público. Asimismo, el personal fiscal y de apoyo de los diferentes Asientos Fiscales deberán permanecer en sus respectivos despachos para la atención de cualquier hecho delictivo.

Asimismo, se dispone que el personal fiscal y de apoyo, en la investigación y procesamiento penal de los hechos que pudieran surgir en el marco de la Ley de Régimen Electoral N° 026, deberán realizar todos los actos procesales e investigativos dentro del marco legal establecido por la Constitución Política del Estado y demás normativa aplicable, cumpliendo con la debida diligencia y el debido proceso.

Por su parte, el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) debe establecer turnos de trabajo de médicos y peritos forenses para intervenir, de forma inmediata, en los casos que le sean convocados por los Fiscales de Materia antes, durante y después de la jornada electoral, priorizando la realización de todas las pericias consistentes en estudios científicos técnicos laboratoriales y estudios médicos forenses que le sean requeridos.