La accionante dijo que, en caso de concretarse su inscripción, se violarán los derechos e intereses colectivos.
El vocal de la Sala Constitucional Primera de Beni.
La Sala Constitucional Primera de Beni aceptó una acción popular contra el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para que se inhabilite a los candidatos a senadores y diputados que hayan ejercido dos mandatos previos, sean estos continuos o discontinuos.
La audiencia está fijada para el 21 de julio a las 10.00, de acuerdo con el vocal relator Charles Mejía y la secretaria de la Sala.
Marlene Sierra Terán, en calidad de accionante, demanda el pronunciamiento sobre la Sentencia Constitucional Plurinacional 0007/2025, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, que establece que ningún ciudadano puede ejercer más de dos veces el cargo de presidente o vicepresidente.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
Lea más: Sala Constitucional de Beni ordena al TSE no inscribir candidaturas del MTS
Auto
Además, el Auto Constitucional Plurinacional 0083/2024 del 1 de noviembre de 2024 ratificó que un funcionario no puede buscar una segunda reelección en el país, ya sea que haya ostentado el cargo de forma consecutiva o discontinua.
El fallo no solo se aplica para el presidente o vicepresidente, sino para autoridades electas de los órganos s legislativo, Ejecutivo y judicial, sin “posibilidad de ampliarse a un tercer mandato”.
Según la ciudadana, candidatos que llevan más de 20 años en política “pretenden seguir haciendo de esa su forma de vida (…) y han sido electos más de dos veces en elecciones de votación electoral”.
La accionante además indicó que, en caso de concretarse su inscripción, se violarán los derechos e intereses colectivos relacionados al ejercicio democrático y la alternancia.
Acción
“Señor presidente es de vital interés para el verdadero ejercicio democrático que se ponga un límite a los ‘eternamente líderes políticos regionales’, toda vez que el alcance de la interpretación del art 168 de la constitución se extiende y se debería extender a: senadores, diputados, gobernadores, subgobernadores, asambleístas, alcaldes y concejales”, señala la argumentación de la acción popular.