Las multas económicas ascienden desde los Bs.137,5 hasta Bs.1.375 para quienes incumplan las tareas de los jurados electorales.
Hans Franco
Fuente: Red Uno
El Órgano Electoral Plurinacional (OEP) recordó a los ciudadanos sorteados como jurados electorales para la segunda vuelta de las elecciones generales del 19 de octubre que el cumplimiento de esta función es obligatorio, y que existen multas económicas para quienes incurran en faltas leves o graves.
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De acuerdo con la Resolución TSE-RSP-ADM N° 428/2024, del 20 de noviembre de 2024, en aplicación del salario mínimo nacional vigente (Bs 2.750), Decreto Supremo Nº 5383, 1 de mayo de 2025) las sanciones son las siguientes:
FALTAS LEVES
No asistir a las Juntas de Jurados: multa del 5% del salario mínimo (Bs 137,50).
Ausentarse temporalmente de la mesa sin autorización de la presidencia: multa del 30% del salario mínimo (Bs 825).
No devolver el material electoral en sobres de seguridad a los notarios, o hacerlo fuera de plazo: multa del 30% del salario mínimo (Bs 825).
No cumplir con los horarios de apertura y cierre de mesa: multa del 30% del salario mínimo (Bs 825).
FALTAS GRAVES
Negarse a firmar el acta electoral o a consignar resultados y observaciones: multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.375).
No asistir o abandonar la mesa de sufragio sin justificación: multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.375).
Omitir la entrega inmediata de información sobre violaciones a las normas electorales a los notarios: multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.375).
El OEP reiteró que el rol de jurado electoral es una responsabilidad ciudadana fundamental para garantizar la transparencia del proceso democrático. Asimismo, exhortó a todos los sorteados a cumplir puntualmente con sus funciones, asistir a la capacitación correspondiente y participar activamente en la jornada electoral.
Mire la resolución del TSE: