Balotaje: Conozca las multas económicas para quienes no cumplen su labor de jurado electoral


Las multas económicas ascienden desde los Bs.137,5 hasta Bs.1.375 para quienes incumplan las tareas de los jurados electorales.

Hans Franco



Fuente: Red Uno

El Órgano Electoral Plurinacional (OEP) recordó a los ciudadanos sorteados como jurados electorales para la segunda vuelta de las elecciones generales del 19 de octubre que el cumplimiento de esta función es obligatorio, y que existen multas económicas para quienes incurran en faltas leves o graves.

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De acuerdo con la Resolución TSE-RSP-ADM N° 428/2024, del 20 de noviembre de 2024, en aplicación del salario mínimo nacional vigente (Bs 2.750), Decreto Supremo Nº 5383, 1 de mayo de 2025) las sanciones son las siguientes:

FALTAS LEVES

No asistir a las Juntas de Jurados: multa del 5% del salario mínimo (Bs 137,50).
Ausentarse temporalmente de la mesa sin autorización de la presidencia: multa del 30% del salario mínimo (Bs 825).
No devolver el material electoral en sobres de seguridad a los notarios, o hacerlo fuera de plazo: multa del 30% del salario mínimo (Bs 825).
No cumplir con los horarios de apertura y cierre de mesa: multa del 30% del salario mínimo (Bs 825).

FALTAS GRAVES

Negarse a firmar el acta electoral o a consignar resultados y observaciones: multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.375).

No asistir o abandonar la mesa de sufragio sin justificación: multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.375).

Omitir la entrega inmediata de información sobre violaciones a las normas electorales a los notarios: multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.375).

El OEP reiteró que el rol de jurado electoral es una responsabilidad ciudadana fundamental para garantizar la transparencia del proceso democrático. Asimismo, exhortó a todos los sorteados a cumplir puntualmente con sus funciones, asistir a la capacitación correspondiente y participar activamente en la jornada electoral.

Mire la resolución del TSE: