El Tribunal Agroambiental emitió un fallo histórico al ordenar el cumplimiento de medidas cautelares frente a los incendios forestales que afectan al país, destacó el director del Cejis Miguel Vargas Delgado.
Fuente: https://lapalabradelbeni.com
«Este fallo emitido recientemente exhorta a la revisión de las “leyes incendiarias”, entre ellas las Leyes 741 y 1171, cuestionadas por facilitar la ampliación de la frontera agrícola en detrimento de los bosques y los pueblos indígenas» precisó.
Dijo que los impactos del fuego por ampliación de la frontera agrícola, en el lapso de 10 años, afectó al 45% de las tierras comunitarias de origen tituladas a favor de pueblos indígenas.
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Manifestó que los incendios se han multiplicado con el paso del tiempo a tal grado que, el 2024, el 20% de la superficie titulada para pueblos indígenas fue impactada”.
Preciso que los impactos del fuego tienen repercusiones en la vida y desarrollo de los pueblos indígenas, pues sus habitantes se ven obligados a desplazarse temporalmente para salvaguardar sus vidas y su salud.
considero que esta situación ocasiona la consiguiente pérdida de sus bienes y medios de vida, y obstaculización del acceso a la educación para niñas y niños.
Detalló que en el último periodo se vieron afectados por lo menos a 15 territorios indígenas de manera recurrente en Beni y Santa Cruz como el pueblo ayoreo en aislamiento es de alta vulnerabilidad, lo que los ha llevado a límites cercanos al etnocidio.
Por ello exhortó a revisar están la Ley 741, que autoriza el desmonte de hasta 20 hectáreas sin pago de patentes para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias, y la Ley 1171, que establece uso y manejo del fuego para propiedades con actividades agrícolas y ganaderas.
Enfatizó que, su resolución, el máximo tribunal recordó que la protección de la Madre Tierra, de los pueblos indígenas y de otros seres vivos debe prevalecer sobre las prácticas de quema y desmonte que alimentan la crisis ambiental.
En ese marco, instruyó a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) iniciar acciones legales y constitucionales para armonizar la normativa vigente con estándares internacionales y las recomendaciones del Sistema Interamericano y Universal de Derechos Humanos.
Destaca que el Tribunal fue más allá y advirtió sobre la omisión legislativa en torno a la jurisdicción agroambiental, conforme al artículo 203 de la Constitución Política del Estado y a la Sentencia Constitucional Plurinacional 17/2019, la ALP-
Está obliga a sancionar una ley especial de la jurisdicción agroambiental, pendiente desde hace más de cinco años, en el marco del artículo 155 de la Ley N° 025.
La sentencia marca un precedente en materia de justicia ambiental en relación con la implementación del Acuerdo de Escazú, principalmente.
Este fallo es un primer gran paso que permite pensar en construir una justicia en el ámbito ambiental esperando que esto se pueda replicar, por ejemplo, en la justicia constitucional.
Remarcó que es la primera vez en la que un Tribunal del Estado solicita a la sociedad civil información para sustentar su decisión, y claramente es un avance escuchar a la sociedad civil y a los sujetos que se ven directamente afectados en sus derechos, como el caso de los pueblos indígenas
Con este fallo, la justicia agroambiental busca que la prevención y control de incendios forestales deje de ser una medida coyuntural y se consolide como una política de Estado que respete los derechos de los ecosistemas y de los pueblos indígenas que dependen de ellos para su supervivencia.