Con aplausos y demandas en contra recibió la población la orden del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para verificar los casos en los que se aplicó la figura de la detención preventiva a los acusados. Si bien hubo polémica porque los primeros beneficiados eran políticos, los abogados y defensores de los derechos humanos aseguran que la medida no solo es justa, sino sumamente necesaria, porque ayudará a aclarar la situación de más de 18 mil personas que se encuentran en un limbo jurídico.
Según datos proporcionados por la Defensoría del Pueblo, más del 50% de 33.274 privados de libertad en las cárceles de Bolivia son detenidos preventivos. Es que esta medida, que según la norma debería ser aplicada en casos excepcionales, se convirtió en una especie de condena sin sentencia que es utilizada de forma regular por los jueces.
“Lo que sucedió en los últimos años en este país es que la detención preventiva fue usada, de manera muy eficiente, para acallar a disidentes, a opositores y someterlos al régimen procesal penal”, consideró la abogada Kathia Saucedo.
Más del 50% de los internos del país carecen de sentencia. Algunos de ellos incluso superaron el límite máximo de la pena.
Por su parte, Ramiro Llanos, exdirector de Régimen Penitenciario, indicó que la aplicación constante de la detención preventiva responde a un intento de establecer una especie de “sentencia sin sentencia”. Es decir, que “se aplica como una forma de mostrar que la justicia se está moviendo en el proceso de castigar el crimen”. “Pero”, agrega “la realidad es otra, ya que los afectados por esta medida viven en un limbo dentro de los penales del país, sin poder acceder a los derechos y beneficios que tienen los internos sentenciados”.
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Por tanto, la medida que el TSJ emitió el viernes 22 de agosto es vista por muchos como un paso adelante en la recuperación del Estado de Derecho. Y por otros, como la primera etapa de un largo proceso para resolver el problema de la sobrepoblación en los penales nacionales.
Medida mal aplicada a todos
En 1964 el psicólogo Abraham Kaplan indicó que “si tu única herramienta es un martillo, tiendes a tratar cada problema como si fuera un clavo”, que significa que la gente puede correr el riesgo de utilizar solo una herramienta para todo tipo de situación, incluso aquellas para las cuales no es útil, lo que se aplica perfectamente a la detención preventiva en Bolivia.Llanos y los juristas consultados por Visión 360 coincidieron en asegurar que los jueces son dependientes de esa herramienta procesal, para desmedro de los casos, de los procesados y los demandantes.
Según el artículo 233 del Código de Procedimiento Penal, la prisión preventiva en Bolivia se aplica cuando existen elementos de convicción suficientes que muestren que el imputado pueda obstaculizar la prosecución del proceso, incluyendo la destrucción de pruebas, o que se tenga evidencia confiable de riesgo de fuga. “Es una herramienta procesal para facilitar el trabajo investigativo. Sin embargo, en Bolivia se utiliza de manera arbitraria, como una condena anticipada”, explicó el abogado José Antonio Rivera.
Este profesional, junto a Saucedo, forma parte del colectivo Juristas Independientes, que trabaja desde hace años en fomentar una modificación al sistema judicial para evitar, justamente, estos abusos y la mala utilización del poder judicial.
“Los detenidos preventivamente son carne fresca para los maleantes más terribles. Son carne de cañón de los jefazos del crimen”.
Ramiro Llanos
En ese sentido, el abogado agregó que, en vez de apegarse a lo que dicta la norma, los jueces consideran otros aspectos para imponer la detención preventiva. “En Bolivia se aplica cuando el juez evalúa la peligrosidad del autor del delito, la gravedad del hecho, las condiciones de la víctima y, obviamente, la filiación política del implicado. De esta forma en el país la regla es la privación de libertad a través de detención preventiva; mientras que la defensa en libertad es la excepción, pese a que todas las convenciones universales indican que es a la inversa”.
Es tan utilizada la medida que es difícil determinar cuáles son los delitos más castigados con esta herramienta. Llanos reveló que en los 46 centros penitenciarios del país se puede encontrar desde acusados por narcotráfico hasta deudores morosos de pensiones alimenticias.
Según el informe 2024 del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) de la Defensoría del Pueblo, los delitos a los que se aplica con más recurrencia la detención preventiva son agresiones sexuales, en 15,93%; en segundo lugar se situaron los delitos relacionados con la Ley N° 1008 (traslado y tráfico de sustancias controladas), 14,47%. En tercer lugar, se detuvo a quienes incurrieron en delitos de robo y robo agravado, un 13,15%. Estos datos, asegura la institución, incluyen tanto a la población de varones y mujeres.
Lo preocupante, remarca Llanos, es que pese a este registro, la preferencia judicial por la herramienta hace que los imputados enfrenten muchas dificultades al momento de trabajar en su defensa. Esto es más notorio cuando se trata de quienes son procesados por su primer delito.
“De los 18.808 detenidos preventivamente, al menos entre ocho mil y nueve mil son principiantes, lo que representa un terrible retroceso en los derechos humanos, ya que, al estar en esa situación, no pueden ser rehabilitados; no reciben los talleres que sí lo hacen los sentenciados, a menos que haya iniciativas de ayuda particulares”, añadió la ex autoridad estatal.
A esto se suman las maniobras legales que utilizan fiscales para asegurar que el acusado continúe en prisión, sin sentencia. “La detención preventiva tiene plazos definidos. Si usted está en investigación policial le da un máximo de 90 días; si está en etapa preparatoria, seis meses. Si en ese plazo no se logran dictar las resoluciones de imputación, de acusación, no se logra reunir las pruebas, quiere decir que el fiscal no ha podido encontrar las pruebas y se tiene que poner en libertad a la persona. Por eso, como ocurrió en el caso de la expresidenta Jeanine Añez, se dividen los casos: Golpe 1, Golpe 2, Golpe 3, precisamente para garantizar que siga en la cárcel ya que una vez que finalice el plazo de detención preventiva de un caso, comience el de otro”, explicó Saucedo.
Pero la privación de libertad, que ya es suficientemente mala, no es el principal problema. Es la falta de condiciones para un trato humano a los afectados.
Falta de capacidad
No hay ninguna duda: las prisiones del país están hacinadas. En una entrevista que el director general de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, concedió a Visión 360 a inicios de año, reconoció que, en las 46 cárceles que hay en el país, con un espacio diseñado para albergar a 15.598 personas, se tiene recluidas en ambientes precarios a 32.035.
Es decir que se tiene una sobrepoblación penitenciaria de 105%. Y todos los internos, tanto con sentencia como los detenidos preventivamente, comparten los mismos espacios.
Llanos explicó que esto es extremadamente peligroso, en varios niveles. Para comenzar está que los detenidos no son rehabilitados con los programas oficiales de ayuda psicológica y vocacional, pero, especialmente en el caso de los “primerizos” están expuestos a las influencias de los criminales de carrera, aquellos que controlan el submundo de las cárceles.
“Los detenidos preventivamente son carne fresca para los maleantes más terribles. Son carne de cañón, tanto en sentido que se convierten en recaderos y cómplices a la fuerza de los jefazos, como en víctimas de crímenes internos: extorsión, abuso físico, asesinato”, explicó.
Como ejemplo, Llanos recordó la masacre ocurrida en el penal de Palmasola, el 23 de agosto de 2013. Ese día estalló un motín, que comenzó cuando los miembros de un bloque de celdas, que acogía algunos de los internos más peligrosos, atacaron a los que vivían en otro, mayormente ocupado por detenidos preventivamente o sentenciados por delitos como deudas, con el uso de tanques de propano como lanzallamas. 31 personas murieron, entre ellas un niño de 18 meses de edad y 37 resultaron gravemente heridas.
“El asesino serial ocupa una celda al lado de una persona que no pagó pensiones; el capo del narcotráfico está al frente del pisacoca pobre”, lamentó, la ex autoridad penitenciaria.
Lo ideal es que se establecieron centros especializados para detenidos preventivamente. Pero como el número de estos es mayor que los sentenciados, la perspectiva es mala.
No solo eso. Otro de los grandes problemas es que falta personal. La Policía tiene pocos efectivos y solo cumplen con la seguridad externa, mientras que los trabajadores civiles, sean abogados de oficio, psicólogos y otros tampoco dan abasto. Todo esto pese a que, por norma, se requiere un funcionario por cada 10 internos.
Rivera recordó que entidades internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, han realizado llamados de atención al Estado boliviano, tanto por el uso abusivo de la detención preventiva, como la situación del sistema penitenciario. Volviendo al ejemplo de Palmasola, tras la masacre hubo demandas nacionales dentro y fuera del país para una reforma que nunca llegó.
“Esto no solo es un perjuicio para los detenidos, que ven violados sus derechos de forma sistemática; para las víctimas de los delitos, que no ven una resolución a su caso; como para el mismo Estado, que después se enfrenta a demandas en tribunales internacionales”.
Complicando aun más las cosas está que, muchos acusados han estado más tiempo en los penales bajo detención preventiva que lo que deberían estar si recibieran en la sentencia la pena máxima establecida por ley para su delito.
“Hace dos años surgió un escándalo en el que un ciudadano, que estaba acusado de transporte de sustancias controladas, cuya pena máxima es de ocho años, estuvo 14 años en la cárcel sin sentencia. También está el caso de un sospechoso de robo, de pena máxima de seis años, que estuvo preso nueve”, recordó el abogado.
Y esto ocurre pese a que en 1999 Bolivia cambió de sistema penal para evitar la retardación de justicia mediante las llamadas leyes Blattman, por el jurista René Blattman. Tanto él como Saucedo recordaron que es en este proceso en el que se estableció la excepcionalidad de la detención preventiva, algo que se dejó de lado en los últimos 20 años.
Los juristas atribuyen eso a la influencia que ejerce el Ejecutivo sobre el Órgano Judicial, como aseguran lo demuestra la nueva determinación del TSJ. “El tribunal debió ordenar esta verificación hace tiempo, porque legalmente los plazos de la detención preventiva deben ser revisados de oficio por los jueces cautelares. Pero, ¿por qué lo han hecho ahora? Porque hay vientos políticos de cambio, y muchísimos jueces son veletas que giran con el viento”, lamentó Saucedo.
En ese sentido, los juristas y la exautoridad consideran que el siguiente Gobierno tiene la responsabilidad de examinar a profundidad las decisiones de los jueces y fiscales. “No solo Añez, Camacho y Pumari fueon afectados. Hay miles de perjudicados”, puntualizó Rivera.
LA REVISIÓN
EQUIDAD. El pasado lunes 25 de agosto el Tribunal Supremo de Justicia instruyó organizar “jornadas de verificación de cumplimiento” de las detenciones preventivas “en todos los procesos”, tras protestas de internos que exigieron el mismo trato que recibieron Jeanine Añez, Luis Fernando Camacho y Marco Antonio Pumari.
RECHAZO. Tanto “evistas” como “arcistas” se manifestaron en contra de los fallos que beneficiaron judicialmente a sus rivales políticos. Aseguraron que es una “injusticia” para con las víctimas de Sacaba y Senkata.