Más de 1,4 millones de prestatarios se benefician con diferimiento


La norma suspende embargos y cuotas de créditos de vivienda social y microempresas por seis meses.

Por Daniel Zenteno

créditos

La banca atiende los requerimientos de los prestatarios. Foto: Archivo



Fuente: La Razón

Más de 1,4 millones de personas serán beneficiadas con la suspensión de la ejecución de embargos, sentencias judiciales y el diferimiento de pago de cuotas de créditos de vivienda social y de micro y pequeños prestatarios, afirmó el ministro de Economía, Marcelo Montenegro.

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La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados la madrugada del viernes y remitida al Senado, para su revisión y sanción.

Proyecto

La norma dispone que, “por el plazo de seis meses computables a partir de la publicación de la presente ley, quedan suspendidos los embargos, remates, desapoderamientos, ejecuciones de sentencias y otras medidas judiciales” vinculadas a prestatarios de vivienda social y de micro y pequeños prestatarios, por lo que cualquier actuación contraria “es nula de pleno derecho”.

Montenegro destacó que la norma —que responde a la solicitud de al menos 12 organizaciones sociales— puede beneficiar a más de 1,4 millones de prestatarios, con créditos destinados a micro y pequeñas unidades económicas, así como a vivienda de interés social, cita un reporte del Ministerio de Economía.

Entre 2020 y 2024, la mora en la microempresa pasó de 1,8% a 3%. En cuanto a los préstamos de vivienda de interés social, subió del 1% a 3,7% a julio en el mismo periodo, reflejo de la vulnerabilidad de estos sectores frente a la coyuntura económica.

Montenegro subrayó que el proyecto de ley es “oportuno y responsable, porque protege el derecho a la vivienda de miles de familias, y asegura la continuidad de las micro y pequeñas unidades productivas, que son un motor de la economía”.

Prestatarios

El proyecto también dispone que las entidades financieras “deben diferir automáticamente los pagos de capital, intereses, seguros, comisiones y otros cargos”, y prohíbe “el incremento de tasas de interés, la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora, el anatocismo y los costos administrativos adicionales”, y “la modificación de los términos, condiciones y coberturas de las pólizas de desgravamen hipotecario y de las que amparan la garantía de los créditos” durante la vigencia de la ley.

En la explicación brindada al pleno de la Cámara de Diputados, la autoridad informó que el sistema financiero cerró la gestión 2024 con una utilidad histórica superior a $us 389 millones, “lo que demuestra que cuenta con la solvencia suficiente para respaldar una medida de alivio temporal sin poner en riesgo su estabilidad”.

Para 2025, se proyecta una utilidad superior al promedio de las gestiones 2021 a 2024.

Como ejemplo de que la norma no afectará la estabilidad del sistema financiero, el ministro de Economía explicó que los créditos que podrían ser diferidos no superarán el 3% de los depósitos totales, “por lo tanto, no sería un elemento que ponga en riesgo su devolución”.

El proyecto aprobado también garantiza la continuidad voluntaria de los pagos. “Los prestatarios podrán solicitar mantener el cumplimiento de sus obligaciones mediante los mecanismos habilitados por las entidades financieras”.

Montenegro recordó que el diferimiento aplicado en 2020, por la pandemia del Covid-19, llegó al 10,4% de la cartera, que actualmente equivale al 1,4%, lo que “refleja una sólida cultura de pagos de los prestatarios, porque la gran mayoría logró ponerse al día con sus créditos”.

La Ley de Servicios Financieros, en su artículo 4, establece que el sistema financiero debe cumplir una función social orientada al desarrollo económico y social, priorizando sectores estratégicos, promoviendo inclusión y protegiendo a los usuarios.

La disposición final de la norma instruye al Órgano Ejecutivo reglamentar su aplicación mediante decreto supremo en un plazo máximo de 10 días calendario.

Fuente: La Razón