A dos semanas de dejar el poder, presidente Arce promulga esperado decreto para interceptar narcoavionetas


Durante todo este tiempo, los opositores cuestionaron la postergación de la reglamentación cuando se volvió frecuente los casos de narcoavionetas dentro y fuera de Bolivia. Incluso se puso en duda el funcionamiento de los radares franceses que fueron adquiridos en 2016, pero puestos en operaciones en 2022.

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Foto: FGE

 

Fuente: ANF / La Paz



 

A poco de concluir su mandato, el presidente del Estado, Luis Arce, promulgó el Decreto Supremo 5477 que tiene por objetivo interceptar aeronaves que invadan el espacio aéreo sin autorización, como las narcoavionetas y aeroplanos involucrados en otros ilícitos.

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El decreto tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 521, de 22 de abril de 2014, de Seguridad y Defensa del Espacio Aéreo. Desde hace 11 años, esa norma no puede entrar en vigencia a falta del reciente decreto.

Durante todo este tiempo, los opositores cuestionaron la postergación de la reglamentación cuando se volvió frecuente los casos de narcoavionetas dentro y fuera del país. Incluso se puso en duda el funcionamiento de los radares franceses que fueron adquiridos en 2016, pero puestos en operaciones en 2022.

El 7 de octubre de este año, el jefe de Operaciones del Departamento Tercero de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB), Marcelo Cervantes, aseguró que existen logros positivos del uso de los radares, pero que no puede brindar detalles de las interceptaciones porque esa información es reservada.

Ante los pedidos de auditoría a los radares por los últimos casos de narcoavionetas, el primer mandatario promulgó el Decreto Supremo 5477 el miércoles de esta semana.

El artículo 3 establece que el Comando de Seguridad y Defensa del Espacio Aéreo (COSDEA) se constituye en un Comando a nivel estratégico operacional dependiente de la FAB y tiene la atribución de establecer y aprobar los protocolos y procedimientos operativos del sistema integral de seguridad y defensa aérea nacional y del sistema de vigilancia y control del espacio aéreo; operar el Sistema Integral de Seguridad y Defensa Aérea Nacional para garantizar la defensa y soberanía del espacio aéreo nacional; emplear los recursos humanos y medios materiales de las Fuerzas Armadas del Estado puestos a su disposición en las operaciones de vigilancia, control, seguridad y defensa del espacio aéreo nacional; y coordinar la búsqueda y rescate de aeronaves con las instancias competentes y conforme normativa vigente.

El artículo 5 abordar los actos de interferencia de las aeronaves. El parágrafo II indica que cuando se confirma que una aeronave está sujeta a un acto de interferencia ilícita, el COSDEA aplicará los procedimientos de interceptación de acuerdo a la situación emergente.

“El COSDEA intercambiará información de los TAI con la DG-FELCN de acuerdo a sus atribuciones, procedimientos establecidos entre las instituciones y en el marco de la normativa vigente, con la finalidad de coadyuvar a la lucha integral contra el narcotráfico, legitimación de ganancias ilícitas y otros delitos”, dice el parágrafo II del artículo 6 referente a la cooperación para la seguridad y defensa del espacio aéreo nacional.