Magistrados autoprorrogados cesan por ley o por decisión de nuevos parlamentarios


Bajo enorme presión política una de las cuestiones públicas con mayor evidencia de prevaricación en la historia jurídica del país, ha sido la Declaración Constitucional Plurinacional DCP 0049/2023 de 11 de diciembre, mediante la cual los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), por unanimidad de 9 magistrados se autoprorrogaron, no obstante haber cumplido su mandato, bajo el argumento de que la sociedad boliviana no puede quedar sin administración de justicia, por inacción de la Asamblea Legislativa Plurinacional y errores constitucionales que se evidenciaron en la convocatoria a Elecciones judiciales.

Los efectos de la medida inconstitucional que vulneró mafiestamente el periodo de mandato de seis años para los magistrados (Art. 183.I y II de la CPE), en su dimensión torcitera ha beneficiado también a los nueve magistrados consultantes del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), siete de los cuales cesaron el 31 de diciembre de 2024 por los nuevos elegidos el 15 de diciembre.



Los magistrados del Tribunal Agroambiental y los del Consejo de la Magistratura fueron favorecidos con la autoprórroga, permaneciendo en sus funciones jurisdiccionales hasta el 31 de diciembre de 2024 sobrepasando el límite de los seis años que fija la Constitución, con excepción de los que renunciaron por considerar que la decisión del TCP no se ajustaba al principio de independencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional y el respeto a la supremacía de la Constitución (Arts 12.I y 196.I de la CPE).

La SCP 0770/2024-S4 de 4 de noviembre de 2024 cuyo magistrado relator René Iván Espada Navía, declaró desierta la Convocatoria a Magistradas y Magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia en los departamentos de Beni y Pando; y por los departamentos Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija en el caso del Tribunal Constitucional Plurinacional. Fue por esta decisión que reincide la prevaricación, que el Tribunal Supremo Electoral organizó las elecciones judiciales, en forma parcial, el 15 de diciembre de 2024, donde se eligieron a siete magistrados para el TSJ, 4 magistrados del TCP, 5 magistrados del TAA y 3 del CM y sus respectivos suplentes.

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No cabe la menor duda que el TCP siguió abonando el terreno para que crezca la cizaña, y la prevaricación serial continúe. El Auto Constitucional Plurinacional 0113/2024 de 11 de diciembre, firmado por los magistrados autoprorrogados: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, René Iván Espada Navía, Karem Lorena Gallardo Sejas, Julia Elizabeth Cornejo Gallardo, Isidora Jiménez Castro, -Dimensionaron- los efectos de la Declaración Constitucional 0049/2023 de 11 de diciembre, entendiendo que la prórroga de mandato de los magistrados Ricardo Torres Echalar (Pando) y Carlos Alberto Eguez Añez (Beni) por el Tribunal Supremo de Justicia deben continuar hasta que se preseleccione, elija y posesione a las nuevas autoridades judiciales y a los magistrados del TCP por los cinco departamentos no convocados. Nuevamente, los autoprorrogados se enroscan como caracol sin medir las responsabilidades penales y devolución de sueldos, viáticos y otras disposiciones económicas en ejercicio de cargos ilegítimos.

Los magistrados autoprorrogados han abandonado las garantías del régimen Constitucional de los derechos fundamentales, manifiestamente, y en esa perspectiva su accionar configura el delito de prevaricato (Art. 173 del Cp) cuya sanción es de cinco a diez años de privación de libertad, y la agravación en un tercio al existir posibles daños económicos al Estado.

La discrecionalidad en las decisiones, ha llegado a un grado de concentración de funciones y competencias que son exclusivas a otros órganos, legislar, por ejemplo, erosionando la democracia al impedir que las elecciones judiciales sean completas. Por tanto, estos elementos, significa que estamos ante -magistrados catastróficos- que han consumado el delito de traición a la patria que se sanciona a los presuntos autores con la pena de 30 años de sanción. (Art. 124.I.II de la CPE).

Al cabo de un año y diez meses del cumplimiento de mandato de los magistrados autoprorrogados, se intenta por el Senado el -cese- de los auto prorrogados con el Proyecto de Ley No 259/2024-2025 de carácter excepcional y temporal con el fin de adecuar el funcionamiento del TCP y TSJ, con los magistrados elegidos el 15 de diciembre de 2024,  que conformarán salas. La iniciativa por la senadora Silvia Salame de cesar a los auto prorrogados parece como a remolque, pero el propósito no deja de ser la vía idónea, el problema pasa si el proyecto aprobado en Senadores el primero de septiembre de 2025, será aprobado en Diputados. Lo ideal, será que los nuevos parlamentarios legítimamente elegidos el 17 de agosto transiten por el terreno del consenso en la Asamblea Legislativa Plurinacional antes de ser posesionados y sean los responsables de tomar decisiones urgente -cesando- a los auto prorrogados. Así como establecer el juicio de responsabilidades y el daño económico causado al Estado.

La guerra contra la Constitución de los guardianes, acompañada por el ejecutivo y otros de la Asamblea Legislativa Plurinacional, debe girar hacia el Estado de derecho y la seguridad jurídica. A la par de esta necesidad y con carácter prioritario, sin la reforma de la Constitución de 2009, no se puede ir más allá de lo que ha sido el modelo de elegir jueces -fracaso- y corrupción.

Lo importante es cerrar la decisión política para reformar la Constitución y en esa dirección Javier Pérez Royo dice: “Las Constituciones qué no se reforman mueren. Más pronto o más tarde, pero indefectiblemente».

Pedro Gareca Perales