Acción Democrática Nacionalista (ADN) promovió una acción de inconstitucionalidad concreta contra la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, que dispone como causal de la cancelación de la personería jurídica no obtener el 3% de los votos en un determinado proceso electoral.

Fuente: ANF
“Nosotros hemos presentado un recurso de inconstitucionalidad apenas fuimos notificados con el inicio de la cancelación de la personería jurídica, para que ese aspecto sea resuelto por el Tribunal Constitucional Plurinacional. La ley 1096 fue creada por el masismo para deshacerse de los partidos”, informó el jefe nacional de ADN, Gabriel Gutiérrez, a la ANF.
En la primera vuelta del 17 de agosto, la Alianza Libertad y Progreso, compuesta por ADN y otras agrupaciones ciudadanas, obtuvo el 1,45% de los votos válidos. Mientras que la Alianza Fuerza del Pueblo, liderada por Unidad Cívica Solidaridad (UCS), logró el 1,67% del respaldo de la ciudadanía.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
De acuerdo con el inciso a) de artículo 58, de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, establece que una de las causales para la pérdida de la personería jurídica es no haber obtenido al menos el 3% del total de los votos válidos en la última elección.
En ese sentido, Gutiérrez explicó que presentaron dos iniciativas legales. Una de ellas fue un recurso de revisión extraordinario donde solicitó al Órgano Electoral que cambie su determinación; sin embargo, esta fue rechazada y el ente electoral ratificó su decisión. También se remitió una solicitud al TSE para que promueva una acción de inconstitucionalidad concreta contra la Ley 1096, porque cree que la norma restringe los derechos políticos de la población.
Esperan respuesta
Al respecto, el vocal del TSE Gustavo Ávila dijo que la Sala Plena determinó cancelar la personería jurídica de ADN y las otras organizaciones políticas que perdieron en las elecciones pasadas. Asimismo, rechazó la petición de la organización política para promover un recurso de inconstitucionalidad.
Sin embargo, el vocal dijo que, de acuerdo con el procedimiento constitucional, deben remitir esos antecedentes ante el TCP para que emita una resolución. Al momento están a la espera de un pronunciamiento oficial.
“Tanto UCS como ADN han presentado un recurso de acción de inconstitucionalidad concreta, ese recurso se ha votado en sala plena y por mayoría de los miembros se ha decidido rechazarla, ratificando la resolución. Sin embargo, el procedimiento constitucional señala que tiene que haber algún pronunciamiento y tenemos que correr en traslado al Tribunal Constitucional Plurinacional para que verifique ese trámite”, puntualizó.
/EUA/nvg/
UCS y ADN pierden su personería jurídica tras rechazo de recursos ante el TSE