El candado a la reelección llega a las urnas y pone en aprietos a viejos liderazgos


El registro de candidaturas abre un nuevo frente de tensión: la aplicación del fallo constitucional que limita a dos los mandatos de las autoridades electas. Los casos que están sonando son los de Wilfredo “Coco” Áñez y Manfred Reyes Villa

Por Freddy Lacio Fernández



Fuente: eldeber.com.bo

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El proceso de inscripción de candidaturas para las elecciones subnacionales de marzo de 2026 no solo activó la competencia electoral en municipios y gobernaciones, sino que abrió el primer gran examen al límite constitucional de la reelección, en debate desde tiempos de Evo Morales.

Autoridades que ya ejercieron dos o más mandatos volvieron a postularse, pese a la vigencia de una sentencia y un auto constitucional que prohíben un tercer periodo.

El debate se concentra ahora en los tribunales electorales departamentales y posteriormente, en el Tribunal Supremo Electoral (TSE), que deberán definir si el candado constitucional se aplica sin excepciones o vuelve a quedar atrapado en interpretaciones políticas.

En el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, y de manera paralela en el TED de La Paz, se anticipa un escenario de alta tensión. La aplicación de la Sentencia Constitucional 1010/2023-S4 y del Auto Constitucional 0083/2024-ECA será clave para definir el futuro de varias candidaturas.

“Seguramente van a plantearse demandas de inhabilitación contra diversos candidatos. Hay muchos candidatos que pueden ser objeto de estas demandas”, advirtió el presidente del TED cruceño, Marco Antonio Monasterio. Aunque evitó adelantar criterios, aseguró que la Sala Plena analizará cada caso con respaldo técnico y legal. “El auto constitucional sigue vigente y vamos a emitir resoluciones debidamente fundamentadas”, subrayó.

El TED de Santa Cruz concluyó la recepción de documentación para la inscripción de 5.607 ciudadanos, registrados como candidatos por 34 organizaciones políticas, una cifra que anticipa un proceso complejo no solo por el alto número de postulantes, sino por la eventual judicialización de varias candidaturas.

El caso que encendió la alerta en Santa Cruz es el de Wilfredo “Coco” Áñez, quien registró su candidatura a la Alcaldía de Cotoca por la agrupación Creemos, pese a haber ejercido ya dos mandatos consecutivos bajo la sigla de Demócratas. 

A escala nacional, la situación más emblemática es la de Manfred Reyes Villa, alcalde de Cochabamba entre 1993 y 2000 durante cuatro periodos consecutivos (NFR), y nuevamente desde 2021 (Súmate), quien volvió a inscribirse como candidato.

Ambos casos reactivan un debate que parecía jurídicamente cerrado tras el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que estableció que la reelección indefinida no constituye un derecho humano y que ninguna autoridad electa puede ejercer más de dos mandatos, sin importar si estos fueron continuos o discontinuos.

Al parecer, algunos actores políticos optaron por anticiparse a una posible inhabilitación. Luis Revilla, exalcalde de La Paz en dos periodos, decidió no repostular a la Alcaldía y buscar la Gobernación paceña, mientras que Jhonny Fernández, alcalde de Santa Cruz de la Sierra por tres gestiones, dio un paso al costado y promovió la candidatura de Luciano Negrete por UCS.

Para el abogado constitucionalista William Herrera, el debate aún admite matices, sobre todo en relación con la retroactividad de la sentencia: “Creo que la sentencia no se debería aplicar, porque se debe aplicar para adelante, no para atrás”, señaló.

Sin embargo, el politólogo y exdiputado José Carlos Gutiérrez es categórico: el auto de complementación emitido por el TCP deja claro que ninguna autoridad puede asumir por tercera vez el mismo cargo y que el Órgano Electoral no tiene tuición para reinterpretar ese punto. “Queda claro que la sentencia no es para lo venidero. Nadie puede permanecer en un mandato más de dos veces”, puntualizó.

Más allá de los nombres, lo que está en juego es la primera prueba electoral palpable del candado constitucional a la reelección. La forma en que el Órgano Electoral aplique o no esta jurisprudencia, sentará un precedente determinante no solo para los comicios subnacionales, sino para futuros procesos electorales en Bolivia.