Expertos coinciden en que las medidas tributarias ayudan, pero son insuficientes para formalizar y reactivar la economía.

Una oficina de Impuestos Nacionales. Foto: Archivo
Fuente: https://larazon.bo
El Decreto Supremo 5503 fue presentado por el Gobierno como una herramienta para reactivar la economía, reducir trabas productivas y generar incentivos para la inversión, el empleo y la formalización.
En su capítulo tributario, la norma introduce alivios fiscales temporales tanto para empresas como para profesionales independientes, además de beneficios vinculados al consumo de productos nacionales y a la reducción de costos impositivos. Sin embargo, analistas tributarios advierten que, si bien existen avances, las medidas no alcanzan para revertir problemas estructurales del sistema.
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Producción nacional
Uno de los ejes del decreto es el incentivo al consumo de productos “Hecho en Bolivia”, que permite a quienes tributan el RC-IVA descontar no solo el crédito fiscal del IVA, sino un 20% adicional de ese impuesto hasta diciembre de 2027. Para el abogado tributarista Henry Pérez Oxa, el impacto de esta medida es limitado en un mercado interno altamente presionado por la competencia externa.
“La verdadera ganancia está en los mercados internacionales; dentro un mercado interno, la producción nacional debe competir con los beneficios tecnológicos y tributarios antidumping con los que vienen los productos de otros países”, sostuvo en contacto con La Razón, al señalar que la competitividad requiere exenciones más profundas o apertura de mercados externos.
El decreto también habilita la depreciación acelerada de activos adquiridos en 2026, reduciendo a la mitad su vida útil contable, lo que permite a las empresas disminuir el pago del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) en el corto plazo. Según Pérez Oxa, “es un beneficio para la reducción de cargas en el Impuesto a las Utilidades de las Empresas de empresas que trabajan con muchos activos”, aunque aclaró que el alcance es temporal y no estructural.
Otro punto relevante es la ampliación de la deducción por créditos incobrables, que ahora permite elegir el monto más favorable entre las deudas de 2025 o el 60% de las de 2026. “El plazo para poder castigar deudas incobrables era muy largo, ahora se puede deducir los gastos de cobranza y pérdida desde este año incluso para el 2026”, explicó el especialista, destacando que esta medida mejora la liquidez de las empresas.
Alivios tributarios
En materia laboral, el decreto autoriza que el 50% de ciertos aportes patronales, vinculados a nuevas contrataciones hasta marzo de 2026, pueda computarse como pago a cuenta del IVA, siempre que los salarios no superen cuatro salarios mínimos. Pérez Oxa advirtió que este beneficio genera tensiones conceptuales dentro del sistema impositivo. “A la par de desvirtuar completamente la naturaleza jurídica y económica del Impuesto al Valor Agregado como impuesto indirecto y trasladado al consumidor final; es un beneficio que deberá contemplarse en la liquidación de todos los impuestos”, señaló.
Para los profesionales independientes, el DS 5503 incorpora cambios como el descargo total del crédito fiscal del IVA, incluso con facturas de gastos personales, el arrastre ilimitado del saldo a favor y la deducción de aportes a la seguridad social hasta fines de 2026. No obstante, Pérez Oxa consideró que las medidas pudieron ser más ambiciosas. “Podrían haber mejores medidas como ampliar los alcances del Reintegro del IVA, o reducir a cero los salarios mínimos a deducir en la liquidación del RC-IVA para empleados”, afirmó.
Descargo total de facturas para el IVA
Desde una mirada más crítica, el abogado tributarista Mauricio Viscarra cuestionó la capacidad del decreto para atraer a los actores informales hacia la formalidad. “No creo que sean medidas lo suficientemente atractivas o lo suficientemente buenas como para que un comerciante que se encuentra en la informalidad decida voluntariamente inscribirse en los registros formales del Seprec, del Servicio de Impuestos Nacionales, etc.”, dijo en La Razón.
En esa línea, agregó que “las ventajas fiscales que este decreto ofrece no compensan las ventajas, entre comillas, que ofrece la informalidad, porque el comerciante informal paga cero impuestos”.
Viscarra también se refirió al descargo total de facturas para el IVA y apuntó a problemas de interpretación dentro de la administración tributaria. “Este problema nace de una interpretación excesivamente rígida, abusiva e incorrecta por parte de los funcionarios de Impuestos Nacionales”, afirmó, señalando que muchas restricciones no estaban en la norma, sino en criterios discrecionales de fiscalización.
Por su parte, el auditor tributario Luis Eduardo Zúñiga contextualizó el decreto dentro de una política fiscal de largo plazo centrada en la recaudación en gestiones anteriores. “La línea que se ha seguido durante 20 años era recaudar, recaudar, recaudar, no importa cómo, pero recaudar”, señaló en contacto con este medio.
Cuestionó los procesos de fiscalización y la institucionalidad del sistema tributario. Sobre el descargo de facturas, recordó que “para el RC-IVA siempre han servido todas las facturas, no importaba la vinculación, porque no es condición formal según la ley”.
Decreto
Zúñiga reconoció que el decreto busca generar incentivos y que, pese a errores de redacción, ya está en marcha. “Tiene la intención de generar un tipo de incentivo, el decreto supremo se lanzó, con errores o no, pero ya se lanzó”, afirmó, aunque subrayó que será necesario ajustar y mejorar las medidas con el tiempo.
En conjunto, los analistas coinciden en que el DS 5503 introduce alivios tributarios que pueden ayudar a reducir costos y dar oxígeno a ciertos sectores, pero advierten que su alcance es limitado y que no resuelve los problemas de fondo del sistema tributario ni la brecha entre formalidad e informalidad que persiste en la economía boliviana.