El presidente del TED, Daniel Quinteros Meneses, hizo referencia a fechas clave y aspectos a considerar en el proceso rumbo a las elecciones.
MELISSA REVOLLO P.

Fuente: https://www.opinion.com.bo
En el marco del calendario electoral, el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba se encuentra en la fase de revisión de los documentos presentados por las organizaciones políticas para la inscripción de candidaturas, un paso previo y obligatorio antes de la publicación de la lista oficial de postulantes habilitados e inhabilitados y, posteriormente, de la apertura de la etapa de demandas de inhabilitación.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
La Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales está prevista para el 22 de marzo de este 2026.
En entrevista con OPINIÓN, el presidente del TED Cochabamba, Daniel Quinteros Meneses, hizo referencia a fechas clave y aspectos a considerar en el proceso rumbo a las elecciones.
En el departamento se elegirán 389 autoridades, entre el Gobernador, 47 alcaldes, 34 asambleístas departamentales y 307 concejales.
La autoridad electoral recordó que entre las actividades ya cumplidas está la recepción de documentos de los candidatos.
REVISIÓN Y SUSTITUCIÓN
“Ahora, nos tocan las actividades de revisión de documentos presentados por las diferentes organizaciones políticas de sus candidatos para ver si ellos cumplen con los 10 requisitos establecidos dentro de lo que es el Reglamento de Inscripción de Candidaturas”.
En esta fase, explicó Quinteros, se verificará la documentación; pero, también existen causales de prohibiciones e inelegibilidades establecidas en la Constitución Política del Estado.
“La sala va a tomar determinaciones y va a revisar también estas causales para poder sacar una lista de candidatos habilitados y aquellos que han sido inhabilitados y la razón, el porqué”.
Esta lista de candidaturas habilitadas se publicará el próximo 9 de enero de 2026.
Posteriormente, se abrirá el periodo de sustitución de candidaturas. Esto significa que “las organizaciones políticas tienen el derecho de sustituir a ese candidato que ha sido inhabilitado por otro que sí cumpla”.
El Presidente del TED detalló que existen dos figuras y dos periodos. Una está referida a que un candidato puede renunciar, por voluntad propia.
“Entonces, dentro del calendario electoral tenemos para la sustitución hasta el 9 de febrero del 2026”.
Otra es la sustitución por inhabilitación del candidato por no cumplir documentos habilitantes o por otras causales. De acuerdo con la Ley 026 de Régimen Electoral, se establece un tiempo determinado. Según el calendario electoral, este período de sustitución va del 6 de febrero al 18 de marzo.
INHABILITACIONES
Dentro del calendario electoral también se contempla la atención de demandas de inhabilitación. Según Quinteros, está establecido que desde el 10 de enero al 7 de marzo se atiendan las demandas de inhabilitación.
“En ese periodo, los delegados ciudadanos, control electoral, autoridades que crean pertinente presentar, pueden hacer formal las denuncias de inhabilitación contra un candidato o contra otro, alegando lo que creen pertinente. Y este Tribunal, bajo competencias establecidas en la Ley 018, va a atender estas demandas de inhabilitación”.
En días anteriores, un diputado de la Alianza Unidad demandó la inhabilitación del alcalde candidato Manfred Reyes Villa (por observaciones a la postulación en busca de la reelección). Ante el particular, el Presidente del TED recalcó que el calendario electoral es público y que las autoridades deberían conocerlo antes de hacer anuncios mediáticos sobre denuncias.
Informó que está establecido que la presentación de demandas de inhabilitación tiene un período que va del 10 de enero al 7 de marzo de 2026.
“Todavía no hemos sacado ni siquiera la lista de candidatos habilitados y ya se están adelantando a algo que deberían permitir ellos que primero suceda. Primero deberían tener ellos la lista de los candidatos. Si candidato X ha sido habilitado, perfecto, como ya ha sido habilitado, ahora sí se puede presentar demanda de inhabilitación”, cuestionó.
DEMANDAS
Enfatizó que en la fase actual de revisión documental, los candidatos pueden ser inhabilitados por no haber presentado un documento que es requisito para poder pasar a la fase de la publicación de las candidaturas habilitadas.
“En esta fase es ‘cumple, no cumple; cumple, no cumple; cumple, no cumple’. Documentos, estamos hablando de la formalidad de los documentos. Después, vendrán las demandas de inhabilitación por diferentes causales”.
Aclaró que estas demandas, como cualquier otra, deben ser sustentadas con pruebas idóneas.
“Tiene que haber una prueba pertinente”.
SENTENCIA CONSTITUCIONAL
En relación con sentencias constitucionales, como la 007/2025, que hace referencia a la reelección de autoridades, Quinteros expresó que no es bueno adelantar criterios sobre ninguna figura.
“Se van a atender estos casos en el tiempo oportuno; y en el tiempo oportuno los vocales van a emitir sus resoluciones fundamentadas. Este tipo de sentencias constitucionales u otros obviamente van a ser consideradas por los vocales; pero, tomemos en cuenta que las sentencias constitucionales, el bloque de constitucionalidad establecido en la Constitución, la jerarquía de las normas, deben ser consideradas, no solamente en la sentencia constitucional, está la misma Constitución, están tratados internacionales que protegen los derechos políticos, están también las leyes”, sostuvo.
INDEPENDENCIA
El Presidente del TED enfatizó la independencia del organismo frente a presiones mediáticas o políticas que pudieran surgir.
“El Tribunal Electoral va a actuar y va a proseguir con los actos establecidos en el calendario, y no van a ser interrumpidos de ninguna manera (…). Vamos a ser transparentes y públicos. La única forma que el ciudadano tiene para entender y recobrar la confianza de la imagen institucional del Tribunal Electoral Departamental es que el ciudadano, el delegado o la autoridad, sea partícipe de los actos que se realizan aquí”, expresó.
Quinteros aseguró apertura ante la ciudadanía, para que los actos del TED sean públicos, incluidas actividades como el sorteo de jurados, el armado de maletas electorales y otros.
“Nosotros vamos a mostrar al ciudadano y vamos a mostrar a los medios de comunicación cómo se realiza internamente todos los actos, siempre cuidando que la información no sea alterada, no haya disturbios y cuidando que personas malintencionadas no quieran destruir”.
Por otro lado, el Presidente del TED de Cochabamba recordó a la ciudadanía y a las autoridades la responsabilidad de sus declaraciones públicas.
“Que los ciudadanos tengan cuidado de no estar afirmando cosas que no son (…). No olvidemos que el ámbito legal predomina. El hecho de afirmar una cosa puede conllevar un delito, como el delito de difamación, de acción privada, obviamente, calumnia; también existen delitos electorales, el obstaculizar los procesos electorales, que son delitos electorales. Entonces, antes de lanzar un criterio, cualquier opinión, los ciudadanos y autoridades sean responsables; primero vean qué tipo de opinión van a emitir para ver si esto conlleva alguna consecuencia. Sean responsables, y los invitamos a que siempre estén con nosotros; las puertas están abiertas”, concluyó.