En un Estado constitucional, el tribunal que custodia la Constitución no puede situarse por encima de ella sin vaciarla de sentido. Esa es la paradoja central que expuso Bolivia durante el período 2023–2025: el órgano llamado a proteger la supremacía constitucional terminó ejerciendo poder al margen de sus propios límites. La autoprórroga de magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) no fue solo un conflicto jurídico; fue una fractura simbólica del pacto constitucional.
La Constitución boliviana no es únicamente una norma suprema en sentido kelseniano; es también un acuerdo intercultural que reconoce la coexistencia de múltiples racionalidades jurídicas. Cuando el TCP decide autoprorrogarse mediante una Declaración Constitucional, no solo altera la jerarquía normativa del artículo 410 de la CPE, sino que desestabiliza el delicado equilibrio entre jurisdicción ordinaria, constitucional e indígena originaria campesina.
El fenómeno puede sintetizarse así: cuando el juez constitucional se convierte en actor político, la Constitución deja de ser límite y se transforma en instrumento. La autoprórroga no fue un vacío administrativo inevitable, sino una decisión activa que sustituyó la voluntad constituyente por una voluntad corporativa. En términos simples: quien debía interpretar la Constitución pasó a reescribirla de facto.
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El impacto institucional fue inmediato. La Asamblea Legislativa Plurinacional quedó desplazada de su rol de control y deliberación; la ciudadanía perdió previsibilidad jurídica; y los sistemas normativos indígenas, ya históricamente subordinados, quedaron nuevamente excluidos del debate sobre legitimidad y renovación del poder judicial. En un Estado plural, esta exclusión no es menor: implica negar que la legitimidad constitucional también se construye desde abajo, desde la diversidad de pueblos y formas de entender la justicia.
Este episodio revela una lección estructural: no hay supremacía constitucional sin autocontención judicial. La independencia judicial no significa ausencia de límites, sino fidelidad estricta al mandato constitucional y temporal. Cuando esos límites se erosionan, el derecho deja de ordenar el poder y comienza a justificarlo.
En definitiva, la crisis de los autoprorrogados no es un accidente del sistema, sino un espejo que obliga a repensar la gobernanza constitucional en clave plural. O la Constitución vuelve a ser un pacto compartido y respetado, o se convierte en un texto disponible para quien tenga la última palabra. Y en ese escenario, el verdadero riesgo no es jurídico, sino democrático.
Carlos A. Pol Limpias, Abogado con Doctorado en Derecho con mención en Sistema Jurídico Plural
