Senado estalla ante inacción de Ministerio Público


En el ámbito jurídico del Estado las graves violaciones a los derechos fundamentales en periodos prolongados de gobierno, a partir de autoridades de alto nivel, principalmente del poder ejecutivo y los enlaces con policías, fiscales y jueces que desconocieron al juez natural en la mayoría de los casos forzando procesos contra personas incompatibles con la forma de pensar del sistema, al extremo de convertir al denunciante en procesado, tal como ocurrió con Marco Antonio Aramayo que cargó con más de 250 procesos en más de 50 juzgados del país hasta terminar con su vida inocente, no hay forma de sustraerse de gravísimas responsabilidades, ni de negar la existencia de los derechos humanos y de la vida, y menos de dejar en una suerte de limbo hechos de indeterminación jurídica ante la sociedad y el Estado.

De acuerdo a la evolución del corpus iuris internacional las consecuencias negativas y deliberada de dejar a las víctimas de hechos fuera del ejercicio de los recursos legales, garantías procesales, así como la extracción policial violenta de la comunidad y de su hogar familiar, el modus operandi del gobierno, no puede convertirse en una práctica con evidencias reiteradas.



El Estado en ningún momento puede derogar los medios y condiciones jurídicas para que el derecho a la dignidad humana pueda ser ejercido libre y plenamente por las personas cualquiera sea su estatus de vida, basta que sea titular del reconocimiento de su personalidad jurídica, para que los órganos del Estado respeten, cumplan y garanticen los derechos fundamentales.

Los derechos fundamentales no están en subasta, no son objeto de secuestro, ni sujeto a extorsiones corporativas y tampoco sometidos a torturas judiciales, son esencialmente derechos que exigen protección de autoridades estatales y, en ningún caso el ave fénix de la inacción del ministerio público o, el rechazo de hechos delictivos tan evidentes que causan impunidad e inseguridad en la población boliviana.

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Los procesos instaurados, contra la expresidenta constitucional, Jeanine Añez, Luís Fernando Camacho, Marco Pumari, por golpe de Estado, corresponden ser anulados, pero con responsabilidad a los ejecutores de las detenciones violentas, policías que dieron la orden, fiscales y jueces que condenaron sin pruebas. En aquellos casos de exministros y militares que se sometieron a procesos abreviados bajo presión política, verbigracia Álvaro Coímbra Cornejo, exministro de justicia y Álvaro Guzmán, exministro de Energías, deben ser sometidos a auditoría judicial por el Consejo de la Magistratura para detectar y en su caso identificar las distorsiones que oprimieron a los procesados para declararse culpables, por los presuntos delitos de encubrimiento y asociación delictuosa en grado de autoría por el caso Golpe I y condenados a dos años de prisión.

Las auditorías deben extenderse a los jueces ordinarios con carrera judicial que fueron suspendidos y cesados en sus cargos mediante procesos disciplinarios, en periodos en que por defender la majestad de la ley y la probidad sus decisiones resultaban incómodas para los magistrados del Consejo de la Magistratura de 2017-2024, denunciados por casos de cobros económicos por nombramientos de jueces provisionales, y otros hechos de corrupción que causaron escarnio a la justicia. El exministro de justicia, Iván Lima Magne, tiene que responder por el retorno de Marvin Molina como presidente del Consejo de la Magistratura a sabiendas que sobre el magistrado pesaban graves denuncias por corrupción en el cargo. De otro lado, la influencia desplegaba cada fin de semana en los órganos judiciales supuestamente para coordinar lo predeterminado, y la auto prórroga de magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional con las consecuencias de elecciones judiciales parciales, constituida en la infamia

grotesca en la historia de la justicia boliviana. Caso pendiente de juicio ordinario al haber ejercido funciones fuera de cumplimiento de mandato por más de un año.

Este fenómeno crítico de la justicia, no es simple trinar de aves en el bosque causado por tormentas eléctricas, sino una calificación de reprobación nada menos por la World Justice Project (WJP), que en el Informe 2025, sitúa a Bolivia en el índice del Estado de derecho en el puesto 131 de 143 países del mundo, y a nivel regional se ubica en el puesto 29 de 32 países de América Latina y El Caribe.

La expansión de las tendencias autoritarias y la injerencia política en los órganos de la justicia, compelen en estos tiempos de renovación y estabilidad económica, practicar también auditorías al juicio de responsabilidades en rebeldía contra el Gobierno de Gonzalo Sánchez de Losada y los exministros la mayoría de ellos exiliados por más de veinte años, que quedaron fuera de los recursos legales y garantías procesales del debido proceso, derechos civiles, políticos, como la expulsión del país, por causas políticas e ideológicas.

El Senado mediante Resolución Camaral aprobada por más de dos tercios de votos, ha instruido al ministerio público y al Consejo de la Magistratura acelerar procesos penales contra exministros de Estado involucrados en caso de enriquecimiento ilícito, corrupción y conducta antieconómica, y ordena procesar al exministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, exviceministro de Seguridad Ciudadana, Roberto Ríos y Jhonny Aguilera exviceministro de Régimen Interior y Policía, por falso intento de golpe de 26 de junio (21-J) instalado por el Gobierno de Luís Arce, utilización dispendiosa de recursos del Estado en la difusión televisiva de un documental sobre el “26-J”, dentro del cual los militares fueron exhibidos públicamente y, otros en la sustanciación del proceso, se acogieron a un proceso abreviado que concluyeron con condena impuesta de dos años, impulsados por presión coercitiva y más probablemente por el trauma psicológico que representaba el encarcelamiento para los procesados por tener hijos menores en edad en establecimientos escolares.

Relacionado con la toma militar a la Plaza Murillo el 26 de junio de 2024, se instruye dar celeridad a las investigaciones contra oficiales que conformaron los tribunales militares por haber emitido resoluciones contrarias a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, disponiendo la baja definitiva de personal militar vinculado al denominado caso “26 J”.

La Resolución Camaral de 11 de febrero, instruye dar curso a investigaciones contra exservidores públicos, que habían presentado memoriales de índole judicial en instancias de la justicia para modificar artículos del Reglamento General de la Cámara de Senadores, subsumiendo su conducta en delitos de falsedad ideológica y prevaricato.

En otra cláusula, instruyen investigar a los autores de resoluciones judiciales que impidieron a senadores y diputados el ejercicio de fiscalización y control a los órganos e instituciones del Estado (Art. 158.I numerales 17 y 20 CPE), y a los que obstaculizaron el ingreso de parlamentarios y comisiones a fiscalizar los establecimientos penitenciarios. Indican que los presuntos autores incurren en la comisión de los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, incumplimiento de deberes y prevaricato.

La Resolución de la Cámara de Senadores, por la finalidad que persigue es muy acertada, dada la trascendencia de los hechos en que ha existido presuntamente vulneración de derechos y garantías procesales en todos los casos en que se demanda celeridad al órgano responsable de defender la legalidad, los intereses generales de la sociedad y el ejercicio de la acción penal pública. Mayor dimensión y robustes hubiera vislumbrado la Resolución indicada, si en su

contenido se haya incluido en una cláusula especial la “auditoría al juicio de responsabilidades seguido en rebeldía contra exministros de estado” del Gobierno depuesto el 2003, varios de los cuales se encuentran exiliados desde hace más de 20 años.

En el caso abordado, que ha causado estallido en el ministerio público, cuya celeridad ni siquiera debió ser exhortada, al ser un principio vinculante a su labor de esclarecimiento de la verdad, me temo que los principios penales y constitucionales lleguen tarde al conocerse que el exministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, al amparo de una acción de libertad que le fue favorable salió del país con destino a Santiago de Chile, no obstante que fue el ministro más opresor y violador de derechos humanos, recordemos la represión policial con más de 3.000 policías a la población cruceña que se levantó por 36 días de paro, reclamando la verificación del Censo de Población y Vivienda 2023, producto del mandato de un Cabildo. Santa Cruz padeció muertes, hechos de violencia y racismo, sin que en más de tres años de manifestación se haya hecho justicia, por el contrario, el ministerio público abrió proceso contra las principales autoridades del Comité Interinstitucional, conformado en ese entonces por el Gobernador Luis Fernando Camacho, el expresidente del Comité Pro-Santa Cruz, Rómulo Calvo, el exrector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, Rolando Cuéllar, Rector actual, Reinero Vargas y otras autoridades. ¿Quién estaba de fiscal Departamental de Santa Cruz el 2022, 2023 y octubre 2024? Entendemos que la prensa menciona que el cargo desempeñaba Roger Rider Mariaca, lo que no pudiera generar capacidades de independencia, integridad y sensibilidades en los hechos que se instruye “celeridad”.

Al impulso de todo lo analizado, parece que aquí se impone aquello que dice Otto von Bismarck: “La política siempre es el arte de lo posible”. Esta vez, los políticos de la Cámara de Senadores optaron por lo óptimo, aunque no en su dimensión esperada.

Pedro Gareca Perales