
Terminó la restricción en la presentación de facturas para profesionales independientes. A partir de ahora, podrán descargar facturas no solo relacionadas con su actividad específica, sino también las correspondientes al pago de servicios básicos, alimentación, vestimenta, capacitación, transporte, combustible y salud, entre otras, para reducir su carga impositiva.
El Decreto Supremo 563 establece, en su disposición adicional segunda, la incorporación de esta ampliación en el descargo de facturas. De esta forma, el gobierno de Rodrigo Paz beneficia a los profesionales que, hasta el momento, solo podían deducir impuestos con facturas directamente vinculadas a su área de trabajo.
Por ejemplo, anteriormente, los docentes universitarios que emitían facturas solo podían disminuir el impuesto a pagar con descargos por servicios como internet o papelería. Con la nueva norma, se amplía este universo a una serie de compras y pagos de servicios, siempre y cuando estén respaldados con facturas, notas fiscales o documentos equivalentes emitidos a nombre del contribuyente.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
El texto que beneficia a los profesionales independientes establece: “…en el caso de las personas naturales que ejerzan profesiones u oficios en forma libre o independiente, se entenderá como gastos vinculados a la operación gravada las compras de alimentos y vestimenta de uso personal; servicios de capacitación personal, transporte, salud; prima por seguro de salud y de vida del contribuyente y de su entorno familiar en primer grado de consanguinidad y cónyuge; compra de combustible para vehículo de uso personal; pago de servicios básicos y todo otro gasto vinculado al ejercicio de la actividad profesional u oficio, a condición de que estén respaldadas con facturas, notas fiscales o documentos equivalentes a nombre del contribuyente”.
Los profesionales independientes pagan el 13% de toda factura legalmente emitida.