Ley 157 divide visiones sobre tierra, crédito, propiedad y riesgos financieros


El senador Branko Marinkovic defiende la ley como vía al crédito, mientras Rubén Vargas, Director Ejecutivo del Cejis, alerta sobre riesgos legales y de concentración de tierras



Fuente: eldeber.com.bo

La Ley 157, impulsada por el senador cruceño Branko Marinkovic, plantea una transformación estructural del acceso al financiamiento en el agro. Su eje central es permitir que propietarios de hasta 500 hectáreas puedan reconvertir voluntariamente su predio a mediana propiedad y utilizarlo como garantía ante el sistema financiero, algo que hasta ahora no era posible.

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Según su explicación, el pequeño productor se encontraba limitado a vender su tierra o mantenerse en una lógica de subsistencia, sin posibilidades reales de crecimiento. “No tenía acceso al crédito”, sostiene, al describir un escenario en el que muchos campesinos terminaban recurriendo a mecanismos informales de financiamiento con tasas elevadas y alto riesgo de pérdida patrimonial .

La norma, en su visión, corrige esa restricción estructural y abre la posibilidad de inversión en maquinaria, tecnología o diversificación productiva. El senador enfatiza que el cambio es voluntario y que no implica redistribución de tierras, sino únicamente una modificación en la categoría jurídica del predio.

Frente a los cuestionamientos sobre el riesgo de embargo, Marinkovic señala que el sistema financiero contempla mecanismos como la reprogramación, refinanciación o defensa judicial de la deuda, a diferencia del crédito informal, donde la pérdida es inmediata. En ese marco, sostiene que el nivel de incumplimiento es bajo y que la mayoría de los productores podrá sostener sus obligaciones.

Además, sostiene que la formalización del crédito permitirá reducir la dependencia de prestamistas informales que operan con tasas abusivas, generando condiciones más estables y previsibles para la planificación productiva rural.

Desde el enfoque económico, argumenta que la medida incorpora millones de hectáreas al circuito financiero formal, generando un impacto potencial en la productividad del país. A su juicio, impedir este proceso equivale a limitar el crecimiento del productor rural.

Desde una perspectiva jurídica y de derechos, el director ejecutivo del CEJIS, Miguel Vargas, advierte que la Ley 157 introduce un cambio estructural en el régimen agrario que podría vulnerar principios constitucionales, especialmente la protección de la pequeña propiedad.

Uno de los principales cuestionamientos apunta al riesgo de pérdida de tierras en caso de incumplimiento de créditos. “¿Qué ocurre si un indígena o pequeño productor no logra pagar un préstamo?”, plantea, advirtiendo que el predio podría ser embargado, afectando directamente el patrimonio familiar que hoy goza de inembargabilidad .

A esto se suma la ampliación del plazo para la verificación de la Función Económica Social (FES) hasta por diez años, lo que, en su criterio, debilita el control estatal sobre el uso de la tierra. Este vacío podría derivar en procesos de deforestación o cambios de uso sin fiscalización efectiva.

El carácter voluntario de la norma también es cuestionado. Según Vargas, la decisión de acogerse a la ley no es plenamente libre, sino condicionada por presiones económicas y desigualdades estructurales. En ese contexto, los pequeños productores podrían verse forzados a ingresar a un sistema en el que compiten en desventaja frente a actores de mayor escala.

Además, advierte que la norma puede incentivar la mercantilización de la tierra y facilitar procesos de acaparamiento, especulación y concentración, alterando la estructura de la propiedad agraria en el país, este escenario podría profundizar desigualdades estructurales en el acceso a la tierra y debilitar la función social que la Constitución protege.

El CEJIS también cuestiona la falta de consulta previa a comunidades indígenas y campesinas, señalando que una reforma de este alcance debió ser ampliamente socializada y discutida con los sujetos directamente afectados.