Bono por discapacidad: Conozca los cambios de cobro emitidos por el MTEPS


El trámite se realiza bajo la modalidad de declaración jurada y los cambios solicitados entrarán en vigencia desde el próximo año.

Foto: APG.

 

Fuente: Red Uno



Ximena Rodriguez

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social emitió un comunicado oficial dirigido a los gobiernos municipales e indígenas de todo el territorio nacional. La disposición regula específicamente el procedimiento de pago para los ciudadanos beneficiarios del bono mensual destinado a personas con discapacidad.

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Detalles del proceso administrativo

La normativa vigente se ampara en la Resolución Ministerial N° 1036/19, la cual rige el funcionamiento de la plataforma digital «Eustaquio Moto Méndez». Este sistema es el único canal autorizado para registrar las modificaciones de las entidades financieras o municipales encargadas de los desembolsos.

Para completar el trámite con éxito, los interesados deben considerar los siguientes puntos clave:

  • Fecha límite: El plazo de solicitud vence impostergablemente el martes 30 de junio de la presente gestión.
  • Vigencia del cambio: Las modificaciones realizadas durante este periodo se harán efectivas recién a partir del año 2027.
  • Ubicación del trámite: El beneficiario debe apersonarse al GAM o GAIOC del lugar donde reside actualmente.

Requisitos y formalidades del beneficiario

Los ciudadanos que deseen trasladar su punto de cobro deben completar un formulario específico habilitado en la plataforma oficial mencionada. Este documento tiene la calidad legal de una declaración jurada, por lo que la veracidad de los datos es responsabilidad absoluta del solicitante.

La Dirección General de Trabajo recordó que este proceso es fundamental para garantizar la transparencia en la distribución de los recursos estatales. Es imperativo que los beneficiarios realicen la gestión de manera personal para evitar inconvenientes en el acceso a su beneficio económico el próximo año.

 

Imagen: Facebook MTEPS.