La Ley Nº 737 Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación contiene 2 artículos que restringen la libertad de expresión. La promulgación de la ley fue realizada por Morales a pesar de las protestas de organizaciones de la prensa que se movilizan a nivel nacional, gran parte de la ciudadanía y la oposición política.
Evo convoca a periodistas trabajar en reglamentación de la Ley antirracismo
La Paz, 8 Oct (Erbol).- El presidente Evo Morales convocó la mañana de este viernes a los dirigentes de los trabajadores de la prensa para participar en la reglamentación de la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación, tras promulgar dicha norma en un acto llevado a cabo en Palacio de Gobierno.
El mandatario, que destacó la importancia de la puesta en vigencia de la nueva norma, instó a los dirigentes de las organizaciones sindicales que agremia a los periodistas a formar parte de la comisión que trabajará en la elaboración del Decreto Supremo que reglamentará la aplicación de la Ley antirracista.
“Convoco a los dirigentes de los sindicatos de los periodistas a trabajar de manera conjunta en la reglamentación de la Ley”, recalcó el gobernante, a tiempo de afirmar que el diálogo está abierto para atender las demandas de los trabajadores de la prensa.
Morales cuestionó el accionar de algunos dirigentes de los periodistas, que en vez de defender a sus bases “están detrás del patrón”. “Sorprende que algunos dirigentes estén detrás del patrón que no paga sueldos haciendo huelga de hambre contra la Ley”, aseveró.
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En tanto, las organizaciones sindicales de los trabajadores de la prensa mantienen la huelga de hambre en distintas regiones del país y anunciaron con radicalizar la extrema medida, lo que será definido en las asambleas a las que la dirigencia del sector convocó.
Por otra parte, Morales aseguró que esta fecha es histórica para el país, en especial para quienes fueron víctimas del racismo, grupo en el que se incluyó, puesto que, a su parecer, con la firma de la Ley 045/2010 se cortan los más de 500 años de racismo desde que se iniciara en 1492 con la colonización por parte de españoles a Sudamérica y que se prolongara durante 185 años de vida estatal, 184 de los cuales corresponden al Estado Colonial y en el último, actual, por fin se aprobó una norma para acabar con actitudes racistas y discriminatorias.
Reconoció, a su vez, que el cambiar la mentalidad de la población tiene sus costos, motivo por el que acusó a algunos sectores sociales, que no identificó, de oponerse férreamente al establecimiento de la igualdad en el territorio nacional.
El Primer Mandatario de la Nación, a través de esta disposición legal, garantizó una liberación económica financiera y social cultural, puesto que “nadie va a parar este proceso, es irreversible, no tiene camino de retroceso”.
Morales promulga cuestionada Ley antirracismo, hay duelo en la prensa
Evo Morales promulgó la Ley Nº 737 Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación, el acto se realizó el Palacio de Gobierno ante su gabinete y sus partidarios. LA prensa lo vive como una jornada de luto debido a los cuestionados artículos 16 y 23.
El presidente Morales promulgó hoy a las 9:50 la ley contra Racismo y toda Forma de Discriminación. Ley que estuvo 13 horas de debate el pleno de la Cámara de Senadores y fue sancionada por la mayoría oficialista.
La promulgación de la ley fue realizada a pesar de las protestas de organizaciones de la prensa que se movilizan a nivel nacional, gran parte de la ciudadanía y la oposición política.
ARTÍCULOS POLÉMICOS:
Artículo 16. (Medios masivos de comunicación). El medio de comunicación que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujeto a reglamentación. "Delitos Contra la Vida, la Integridad y la Dignidad del Ser Humano".
Artículo 23.
Se incorpora en el Título III del Libro Segundo del Código Penal, "el capítulo V" denominado: "Delitos contra la Dignidad del Ser Humano", el mismo que comprenderá las siguientes disposiciones:
I. La persona que arbitrariamente e ilegalmente, restrinja, anule, menoscabe o impida el ejercicio de derechos individuales o colectivos por motivos de raza, origen nacional o étnico, color, ascendencia, pertenencia a naciones y pueblos indígena originario campesinos o el pueblo afroboliviano o uso de su vestimenta o idioma propio, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a siete años.
II. La sanción será agravada en un tercio el mínimo y en una mitad el máximo cuando:
a) El hecho sea cometido por una servidora o servidor público o autoridad pública.
b) El hecho sea cometido por un particular en la prestación de un servicio público.
c) El hecho sea cometido con violencia.
Además, de otras definiciones referidas en el mismo artículo 23 a la discriminación, difusión e incitación al racismo o la discriminación, a organizaciones o asociaciones racistas o discriminatorias, a los insultos y otras agresiones verbales por motivos racistas o discriminatorios. El Deber digital