La rentabilidad en el Sistema de Pensiones


David Villarreal

Poco a poco las personas que aportan (dependientes e independientes), se han ido interesando, e interiorizando, respecto a la rentabilidad que generan las inversiones de nuestros aportes, que actualmente administran las AFP, y que dentro de 30 meses (supuestamente) será la Gestora Pública la que administrará los mismos.Muchas personas se preguntan: ¿por qué es importante la rentabilidad? Porque la suma de nuestros aportes y la rentabilidad, nos dan como resultado el capital que debe financiar nuestra Pensión de Vejez, pensión que es vitalicia para el titular y su cónyuge, así como para los hijos con capacidades diferentes, que hayan tenido esta condición antes de cumplir los 25 años.Sin embargo, durante estos últimos 8 años, la rentabilidad ha tenido una caída significativa, ya que a diciembre de 2010 BBVA Previsión AFP tenía una rentabilidad nominal del 8,12% y Futuro de Bolivia AFP del 8,02%, pero al 31 de diciembre de 2018 (8 años después), la rentabilidad nominal fue del 1,89% y del 1,52% respectivamente.Esta baja, que por cierto es muy significativa, ha causado un daño muy importante, ya que las personas, cuando cumplan requisitos para jubilarse, tendrán una Pensión de Vejez muy baja.Muchos se preguntarán que hacer para revertir esta situación, y si bien hay dos posibilidades, estoy seguro de que ninguna será del agrado de nadie: y es que cada aportante debería hacer aportes adicionales para compensar los montos que se dejaron de percibir por la baja rentabilidad, o bien seguir aportando por buenos años, más allá de la edad en la que pueden acceder a la jubilación.Y tengan por seguro que la baja de la rentabilidad no sólo afectará a los activos, sino actualmente afecta a las personas que ya están jubiladas a través de las AFP, porque desde hace un par de años la pensión, que las AFP pagan a sus asegurados, ha sufrido una disminución, producto de la baja que ha sufrido la rentabilidad de las inversiones.No debemos olvidar que, a los aportantes activos, se nos descuenta el 0,5% para pagar la comisión por la administración de nuestro dinero, y de igual manera a las personas jubiladas les cobran un comisión del 1,31%, la cual les descuentan todos los meses de su Pensión de Vejez.Sobre este punto hace unos 5 o 6 meses, a través de un medio de comunicación, hice la siguiente propuesta: mantener esos porcentajes de comisión, siempre y cuando la rentabilidad, durante una gestión, sea igual o mayor al 6% (porcentaje referencial, porque debería ser mayor).En caso de que la misma sea menor, las comisiones que se deberían pagar en la siguiente gestión, también deberían ser menores, las cuales se determinarían en función al porcentaje que bajó. Ejemplo: si la rentabilidad bajó del 6% al 4,8% (lo cual significa el 20% menos), el nuevo porcentaje de comisión, a pagarse en la siguiente gestión, debería ser menos el 20%.Con esto se garantiza (implícitamente), que no disminuirá el monto de jubilación, más al contrario cada año se tendrían incrementos.Sin embargo, es importante que las personas sepan que, para tener una Pensión de Vejez digna, la rentabilidad mínima que generen las inversiones no debería ser menor al 10%. ¿Será posible llegar a esa expectativa?Ahora bien, el Ministro de Economía dijo que junto con la COB se reunirán para elaborar el Reglamento de Inversiones, algo con lo que no estoy de acuerdo, porque la COB no representa a la totalidad de aportantes, por lo que la participación en la elaboración de dicho reglamento, debe extenderse a representantes de los Colegios de Profesionales, Cámaras de Comercio, Federación de Empresarios Privados y otros sectores, ya que no hay que olvidar que cada aportante es dueño del dinero que tiene en su Cuenta Personal Previsional.Y para finalizar este tema tan sensible, y que hice referencia en la publicación de la semana pasada, se debe modificar el Artículo 142 de la Ley de Pensiones 065, mismo que trata sobre límites de inversión, donde el último párrafo textualmente indica:“Los valores emitidos por el Tesoro General de la Nación o el Banco Central de Bolivia no estarán sujetos a los límites establecidos en la presente Ley y sus reglamentos.”

Al no fijar límites de inversión se corre un gran riesgo, ya que sin importar quién sea el gobierno de turno, amparado en el Artículo 142 de la Ley de Pensiones 065, tiene vía libre para hacer que la Gestora Pública pueda invertir en este tipo de valores, sin ningún límite.



Se debe poner un candado legal, para determinar límites de inversión en valores del TGN y del BCB, de lo contrario no sólo se corre el peligro que la deuda interna crezca, sino que se pone en riesgo el dinero de todos los aportantes, además que no es la mejor opción de inversión por la baja tasa de interés que generan.

Es de vital importancia que, lo antes posible, se mejore y garantice un mínimo de rentabilidad, se modifique el último párrafo del Artículo 142 de la Ley de Pensiones 065 y se trabaje en la elaboración del Reglamento de Inversiones, pero con la participación y representación de todos los sectores, porque de lo contrario se irá incrementando, la ya existente, generación adulta mayor empobrecida.

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David Villarreal es Experto en Seguridad Social