Reglamentos electorales: identifican cinco “vacíos jurídicos” que favorecen al MAS


UD dice que los vocales deben detallar las prohibiciones y los procedimientos. En el masismo rechazan las observaciones, aunque también hay voces que admiten que “hay algunos vacíos”.

Analistas  y legisladores de oposición identificaron al menos cinco “vacíos jurídicos” en los reglamentos que rigen  los comicios. Aseguran que esas ausencias favorecen al binomio del Movimiento Al Socialismo (MAS) Evo-Álvaro.

Para el proceso electoral en curso, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) puso en vigencia  nueve reglamentos y un protocolo.



En criterio de los expertos, los vacíos normativos en el cuerpo  reglamentario son: la carencia de una  disposición que especifique quién tiene tuición para dictar sanciones (juez o TSE); la falta de un reglamento que distinga entre campaña y entrega de obras; y la carencia de una disposición que establezca el tipo de sanciones para el    ofrecimiento de dinero o prebenda.

También están: la ausencia de un procedimiento en caso de que un juez electoral reciba un informe y no una denuncia, como prevé la ley;  y la falta de un reglamento que establezca “las vías” a seguir en caso de la renuncia de un candidato  (más detalles ver el cuadro adjunto).

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Los entrevistados advirtieron que el  frente beneficiado por esas ausencias es el MAS. Desde el masismo afirmaron que las observaciones “no tienen argumentos válidos” y que el objetivo de la oposición es desacreditar al TSE. No obstante, hay voces  que admiten que “hay algunos vacíos” y que el ente electoral  “debe responder”.

Entrega de obras Gonzalo Lema, exvocal electoral, explicó que, de forma primordial, se debería establecer un reglamento de sanciones contra quienes realicen campaña electoral en actos de entrega de obras.

“Esa falta, de la campaña permanente, provoca disturbios enormes en la estabilidad de la democracia. Si el Presidente está en campaña permanente en toda su gestión, lo está haciendo con dinero fiscal”, afirmó Lema, quien agregó que un organismo electoral débil  “no tiene la autoridad para poner orden”.

Al respecto, el jurista Paul Coca explicó que “hay bastantes vacíos jurídicos” que benefician al presidente  Evo Morales. En el caso de la  entrega de obras, el experto  citó el ejemplo de Colombia, donde -aseguró- “se prohíbe  hacer campaña seis meses antes de las elecciones en entrega de obras”. Manifestó que en Bolivia debería haber un reglamento que “separe el acto de entrega de obras, del uso del mismo con fines políticos”.

“En Bolivia, es común ver que entregan una cancha, calle o escuela, y se hace campaña, y los adeptos del que entrega la obra van con banderas partidarias, carteles de apoyo”, dijo Coca.

En abril, en Tarija,  Morales admitió que utiliza la entrega de obras como parte de su campaña. “Ya están en la cuenta bancaria de la Alcaldía (de Padcaya) 1.845.000 bolivianos para que nuestro Alcalde pueda empezar a construir y como estamos en campaña, hermano Alcalde, en octubre, antes de las elecciones tenemos que inaugurar el centro integral de salud”, expresó el mandatario.

¿Sin sanción? 

Por otro lado, el senador Arturo Murillo explicó que  el caso del pedido de Morales de votos a cambio de “lo que quieran” podría quedar sin una sanción, porque la Ley de Régimen Electoral establece que  el juez electoral es quien determina la sanción, mientras que el Reglamento para Sanciones y Multas por Faltas Electorales “dice que será el TSE”.

En ese marco, Fernando Arteaga, exsecretario de Cámara del TSE, afirmó que “la ley obliga al TSE establecer procedimientos para este tipo de situaciones”. “Debería de existir un reglamento que defina con claridad quién tiene la potestad, la autoridad para dictar sanciones y en qué casos, esto en el marco de la justicia electoral”, aseguró.

El experto agregó que  el cuerpo de reglamentos electorales  carece de una norma que defina el procedimiento que debe seguir  el juez  cuando reciba un informe -que señale indicios de presunta responsabilidad- y no una denuncia.

“No sólo debería regirse el procedimiento que señala la ley, debería de existir un reglamento específico, porque lo que está en la ley, como procedimiento para los jueces electorales, se aplica cuando hay una denuncia. El reglamento debería de explicar los pasos, las fases que debe seguir cualquier juez. Al no estar contemplado este tema, el juez hasta se puede excusar de conocer el caso”, manifestó.

El senador Yerko Núñez, jefe de bancada de Unidad Demócrata (UD), expresó que es menester que los vocales detallen los tipos de conductas prohibidas y los procedimientos para cada situación.  “Si no lo hicieron se puede decir que los vocales cometieron el delito de incumplimiento de deberes”, sostuvo el legislador.

La diputada de oposición Rose Marie Sandoval indicó que el problema no son los “vacíos jurídicos”, sino que “el TSE no es independiente, pues obedece al Gobierno central”.

Página Siete buscó la versión del TSE sobre las observaciones de  expertos y legisladores  sobre los “vacíos jurídicos” en los reglamentos electorales. No obstante, de esa institución informaron que los vocales estaban en reunión y en actividades destinadas a garantizar el proceso electoral.

 1 Observación: Tuición El senador Arturo Murillo identifica que un “vacío jurídico” es que no hay una disposición que establezca quién es la autoridad que debe emitir las sanciones por faltas o delitos electorales.  “La ley dice que será el juez, pero el reglamento,  claramente, indica que es el TSE el que dicta la sanción. Esto permitirá a Evo Morales dilatar el caso y no habrá sanción”, afirmó.

Análisis: Un reglamento específico Fernando Arteaga, exsecretario de Cámara del TSE:  “El juez que verá el caso  del presidente Morales  puede decir ‘el reglamento dice que es el TSE el que sanciona’, pues así dice el reglamento. Ahora bien,  la ley también dice que es el juez electoral el  que sanciona. Ahí hay un error de armonización de los reglamentos con la ley. Debería haber  un reglamento específico”.

Observación: Bienes del EstadoLuis Eduardo Siles, dirigente del MNR, afirmó que el MAS hace un “uso abusivo” de los bienes del Estado para impulsar la candidatura del presidente Evo Morales, y al no existir una norma que regule esa situación, el partido gobernante “aprovecha actos, eventos, a título de gestión de gobierno, dejando en desventaja a las otras organizaciones políticas”.

Análisis: Campaña y entrega de obrasPaul Coca, jurista: “En Colombia se prohíbe a las autoridades hacer campaña, seis meses antes de las elecciones en entrega de obras; es decir, separar el acto de entrega de obras como tal, del acto de  usar el mismo con fines políticos. En Bolivia, es común ver que entregan una cancha, calle o escuela y se hace campaña, y los adeptos van con banderas partidarias y todo”.

3  Observación: Rol del juez electoralLa diputada Rose Marie Sandoval, de Unidad Demócrata,  explicó que los reglamentos no establecen qué pasos seguirá el juez electoral cuando reciba un informe y no una denuncia, como prevé la ley. “¿El juez puede actuar con un informe, que sólo identificó faltas? Debería de existir un reglamento que diga qué pasos se seguirán”, dijo la asambleísta.

Análisis: Un procedimientoFernando Arteaga, jurista: “Lo que está en la ley son los pasos que deben seguir los jueces electorales cuando hay una denuncia. En este caso (pedido de votos de Evo) no hay una denuncia sino  un informe técnico que se derivó al juez electoral. Con este procedimiento, que no tiene pasos, las fases que va a seguir, cualquier juez se puede hasta excusar de conocer el tema”.

 Observación: Una prohibición  El diputado Gonzalo Barrientos indicó que la  prebenda  está prohibida en la ley, pero  no hay una disposición reglamentaria al respecto.  “Se requiere un reglamento, en el que se definan los tiempos, espacios específicos sobre la prohibición de la prebenda. Este vacío beneficia al MAS, porque así con cualquier oferta dirán que es gestión de gobierno”, afirmó.

Gonzalo Lema, exvocal electoral: “Es posible actuar rigiéndose con la Ley Electoral, entendiendo su espíritu,  por ejemplo: de manera abierta o solapada es costumbre de los políticos en general de ahora y antes ofrecer prebenda por votos, reitero de manera abierta o solapada, es costumbre. Está regulada, pero observo que es un comportamiento general de antes y de ahora”.5 Observación: Renuncia de candidatos“Hay un vacío jurídico porque no hay una norma que defina las vías en caso de una renuncia de un candidato o binomio. El reglamento de las primarias señala que los resultados sólo podrán ser revertidos si se produjese la muerte de una o uno de los candidatos ganadores del binomio presidencial. A la fecha, el TSE no se pronunció sobre este caso”, afirmó Paola Barriga, candidata a vicepresidente del PDC.Análisis: El plan de la disgregaciónPaul Coca, analista y jurista: “Es un vacío que perjudica a todos los contendientes. Por este hecho el MAS termina beneficiado porque el Plan C del masismo siempre ha sido  disgregar a la oposición. El plan A siempre fue ganar las elecciones; el plan B,  tener 2/3 en la Asamblea Legislativa; y el C, disgregar a la oposición. A mayor dispersión de votos opositores, el MAS termina beneficiado”.

 Fuente: paginasiete.bo