Gobierno de Evo mantiene trabas a libertad de expresión; TSE limitará labor de medios por 90 días

El presidente Morales promulgó anoche la ley y ya está en vigencia. Art. 82 censura la opinión de la gente, pero no de autoridades. La ley modificada mantiene una contradicción de fondo.

Página Siete, Juan Carlos Véliz / La Paz

El Gobierno mantiene trabas a libertad de expresión y prensa



REFORMAS. La ley con el que se pretendía corregir la restricción a estos derechos terminó profundizando la vulneración a principios establecidos en la Constitución.

El Gobierno mantiene las restricciones a la libertad de expresión y prensa, pues los postulantes a autoridades judiciales no están impedidos de ser entrevistados, pero paradójicamente los medios están prohibidos de dar espacios de participación.

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Asimismo, los ciudadanos no podrán emitir opinión en contra o favor de los candidatos al Órgano Judicial, pero las autoridades sí gozan de este derecho porque la norma les quitó ese veto.

Según la agencia gubernamental ABI, el presidente Evo Morales promulgó anoche la ley de modificación al artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral, que regirá los comicios judiciales del próximo 16 de octubre.

Esta norma deroga los incisos b) y e) y modifica el inciso d) del parágrafo I del mencionado artículo, que prohibían a los postulantes manifestar opinión en foros públicos y acceder a entrevistas de los medios de comunicación. Deroga también los incisos a) y b) del parágrafo II, que prohibían a los medios de comunicación difundir documentos distintos a los producidos por el TSE y referirse a los postulantes en forma positiva o negativa.

Sin embargo, contradictoriamente, mantiene vigentes los incisos c) y d) del mismo parágrafo que prohíben a los medios “generar espacios de opinión de ninguna índole sobre los postulantes” y “dar espacios de opinión, conducción o participación en programas a cualquier postulante”, como también mantiene el artículo 80, que establece que “el Tribunal Supremo Electoral es la única instancia autorizada para difundir los méritos de los postulantes seleccionados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, dentro de los cuarenta y cinco (45) días previos a la votación”.

La Cámara de Senadores sancionó la ley modificatoria, la madrugada de ayer, después de abreviar un procedimiento legislativo. No introdujo ningún cambio al documento aprobado en la Cámara de Diputados, pese a los reclamos de periodistas.

El senador del MAS Eduardo Maldonado lamentó que el texto aprobado por sus colegas de bancada tenga incongruencias que pudieron ser enmendadas. “De mi parte he advertido alguna incongruencia en el texto, finalmente así ha venido la propuesta de la Cámara de Diputados” dijo, según la agencia NAN.

El senador de la opositora Convergencia Germán Antelo afirmó que la norma tiene muchas contradicciones, toda vez que la ley permite que los candidatos emitan opiniones, pero a la vez sanciona a los medios de comunicación que den el espacio.

No obstante, el jefe de bancada del MAS en el Senado, Isaac Ávalos, afirmó que el TSE debe definir la forma de las entrevistas y la difusión de los méritos de los candidatos. “La Corte (Tribunal Electoral) tiene que coordinar con ustedes, porque eso no podemos hacer como asambleístas”.

Apuntes para destacar

Pedido.La propuesta de modificación del artículo 82 fue presentada a la Asamblea Legislativa por el Tribunal Supremo Electoral mediante el presidente Evo Morales el pasado 21 de mayo, después de la presión de periodistas para que la norma sea reformada.

Ruta. Luego de la promulgación de la ley modificatoria, el Tribunal Supremo Electoral debe reglamentar la norma para que los medios de comunicación conozcan los “límites y extremos” en la información en las elecciones judiciales, según dijo el presidente del Senado.

TSE limitará la labor de los medios por 90 días

Limitaciones a medios regirán por 90 días. Propuesta. Plantean un registro para la difusión de información

La Razón – Paulo Cuiza – La Paz

Las limitaciones a la labor de los medios de comunicación en las elecciones judiciales regirán durante los 90 días previos a los comicios del 16 de octubre. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) plantea un registro de medios para la difusión de información.

image Trabajo. Medios en cobertura de prensa.

El presidente del cuarto poder, Wilfredo Ovando, explicó que las limitaciones que se establecerán en el reglamento referido a los medios de comunicación correrán en la segunda fase del proceso electoral, ya que la primera etapa estará bajo responsabilidad de la Asamblea Legislativa.

En los primeros 60 días, que corren a partir del lanzamiento de la convocatoria a las elecciones, la Asamblea debe recibir, evaluar y aprobar una lista de 125 candidatos a los tribunales Supremo de  Justicia, Agroambiental, Constitucional y al Consejo de la Magistratura. “Son los 90 días (siguientes) que le otorga la ley al Tribunal Electoral para organizar los comicios”, explicó Ovando.

La Asamblea aprobó el jueves el proyecto que modifica el artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral, y que permite a los postulantes acceder a entrevistas y emitir opiniones; además de participar en programas radiales y televisivos, aunque se mantienen dos incisos que prohíben a los medios dar y generar espacios de opinión, conducción o participación de los aspirantes. El presidente Evo Morales promulgó ayer la norma.

El vocal del TSE, Ramiro Paredes, adelantó que se crearía un registro para que los medios que informarán sobre el proceso electoral judicial se inscriban. “En todo proceso los medios se registran”, declaró a la red ATB.

En un comunicado, la Fundación Unir Bolivia expresó su preocupación por que los cambios al artículo 82 no “modifican sustancialmente la situación de limitación de las libertades de expresión, opinión e información”.  Ronald Grebe, presidente de la Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANPB), dijo que los cambios hechos a la ley no garantizan el derecho a la información.

Presidente promulga la ley

El presidente Evo Morales promulgó ayer la norma que modifica el artículo 82 de la ley del Régimen Electoral. La iniciativa legal fue propuesta por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para flexibilizar las limitaciones al trabajo de los medios de comunicación en las elecciones judiciales.

El TSE hará las reglas para la difusión de las candidaturas

El presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Eugenio Rojas (MAS), dijo que los medios podrán concretar entrevistas libremente con los precandidatos hasta el 16 de julio, pero una vez la Asamblea Legislativa apruebe la listas de candidatos, el Tribunal Supremo Electoral reglamentará lo que corresponde a la difusión de los méritos de los candidatos.

El parlamentario, en declaraciones a la agencia NAN, ratificó que el Órgano Electoral será el único responsable de difundir los méritos de los candidatos y pagar los espacios que utilicen los medios para difundir los méritos de los candidatos.

Los medios -según dijo- pueden entrevistar a los candidatos en la etapa de preselección, pero los 45 últimos días del proceso electoral estarán enmarcados bajo normas del TSE.

El presidente del organismo electoral, Wilfredo Ovando, el jueves dijo que esa entidad redactará las reglas de juego una vez que se promulgue la norma, por lo que información como el hecho de que los periodistas tendrán que “coordinar” sus preguntas a los candidatos con el TSE son especulaciones.

No obstante, fuentes de la entidad electoral informaron que el reglamento en cuestión ya está redactado desde hace dos meses, aunque se conoce que en la última semana se hizo ajustes.

La unidad técnica que hizo el reglamento de difusión de méritos fue el SIFDE, según una fuente que habló con Página Siete.

Aún no se conoce el contenido de la norma y se desconoce si para la redacción de las reglas se invitará a los periodistas.

En todo caso, organizaciones de prensa y de periodistas anticiparon que no harán caso a un reglamento que vulnera la CPE. Página Siete

Art. 82 censura la opinión de la gente, pero no de autoridades

La ley modificada mantiene una contradicción de fondo.

NORMA. La Fundación UNIR expresó su preocupación porque aún se vulneran derechos constitucionales.

imageParlamentarios sancionan ayer en la madrugada la ley. Prensa Senado

Página Siete / La Paz – 28/05/2011

El artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral, al mantener el parágrafo III y derogar el parágrafo IV, prohibe a los ciudadanos opinar sobre los postulantes a autoridades judiciales, pero no a las autoridades, quienes sí van a poder hablar sobre los aspirantes al Órgano Judicial.

El parágrafo III del precepto en cuestión indica: “A partir de la convocatoria, ninguna persona particular, individual o colectiva, organización social, colegiada o política, podrá realizar campaña o propaganda a favor o en contra de alguna o algún postulante, por ningún medio de comunicación, incluyendo internet y mensajes masivos de texto por telefonía celular, constituyendo falta electoral sin perjuicio de su calificación penal”.

El parágrafo IV, que fue eliminado, señalaba lo siguiente: “A partir de la convocatoria, ninguna autoridad o institución pública podrá emitir opiniones o realizar acciones que favorezcan o perjudiquen a alguna de las postulaciones, constituyendo falta electoral sin perjuicio de su calificación penal”.

Además, los medios de comunicación están prohibidos de “generar espacios de opinión de ninguna índole sobre los postulantes”, según indica el inciso c) del parágrafo II.

En consecuencia, las autoridades podrán hacer referencia a los postulantes mientras la ciudadanía no tiene ese derecho.

Según un análisis de la Fundación UNIR, el parágrafo III del artículo 82 no hace una discriminación entre campaña propagandística e información y opinión ciudadanas, por lo que la información y la opinión de los ciudadanos continúan vetadas.

Además, la opinión no sólo es negada a la gente, sino a los postulantes. El parágrafo c) del parágrafo I prohíbe a los postulantes “emitir opinión a su favor, o a favor o en contra de otros postulantes, en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos o espacios públicos”.

Ante esta situación, la Fundación UNIR considera que pese a las modificaciones realizadas a la norma, “persistirán las restricciones al derecho a la información y a la comunicación que transgreden las disposiciones constitucionales”.

En un comunicado público, expresa su preocupación porque las mismas no garantizan los derechos democráticos de todos los bolivianos, ni aseguran la libre información y opinión para que los ciudadanos puedan participar de manera responsable en elecciones transparentes de autoridades judiciales.