
La Gaceta Oficial de Bolivia publicó el decreto supremo 4229 que amplía la vigencia del estado de emergencia sanitaria hasta el 31 de mayo y que establece dos tipos de cuarentena que regirán el próximo mes, una total hasta el día 10 y otra “dinámica” que será definida según tres niveles de riesgo.
Esta norma, que entra en vigencia mañana, señala en su artículo 5 cuáles serán las seis actividades económicas que volverán a funcionar “independientemente de las condiciones de nivel de riesgo”, es decir que se aplicarán en todo el país.
Actividades económicas permitidas (señaladas en los parágrafos I y II del decreto supremo 4229):
1. Actividad del sector industrial, manufactura y del sector agropecuario. Estas actividades incluyen la provisión de insumos, materias primas y, la distribución y comercialización de sus productos. En estos sectores se podrá ajustar los horarios laborales y turnos en función a cada una de las actividades que desarrollan;
2. El servicio de entrega de comida a domicilio se realizará de 09:00 a 22:00 horas de lunes a domingo. Las personas naturales y jurídicas dedicadas a su elaboración deberán garantizar el servicio de transporte a su personal, cumpliendo las medidas de higiene en la preparación de los mismos y de bioseguridad correspondientes.
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3. Actividades económicas del sector minero que incluyen la provisión de insumos, materias primas y la distribución y comercialización de sus productos. En este sector se podrá ajustar los horarios laborales y turnos en función a cada una de las actividades que desarrollan;
4. Los servicios de comercio, sea vía telefónica o internet, siempre y cuando los productos sean entregados a domicilio;
5. La prestación de servicios no profesionales u oficios, en los domicilios/empresas de los usuarios o clientes, siempre y cuando el prestador pueda movilizarse de forma individual;
6. Actividades económicas del sector de la construcción, a partir del 10 de mayo de 2020, sujeto a reglamentación por los Ministerios de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; de Trabajo, Empleo y Previsión Social; y de Salud mediante Resolución Multiministerial.