Los médicos también objetaron la norma por prohibirles hacer uso del derecho a la protesta, por lo que se declararon en estado de emergencia.
Fuente: Página Siete Digital
La Asociación de Municipios de Bolivia (AMB) manifestó este sábado que el proyecto de Ley de Emergencia Sanitaria vulnera la autonomía de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA). Asimismo, va en contra de los establecido en la Constitución Política del Estado (CPE), lo que no compete a ninguna normativa.
«Una ley no puede poner en pausa, ni siquiera de manera excepcional, las disposiciones de la Constitución en cuanto al ejercicio competencial (sic), si la competencia ‘gestión en salud’ es asumida por su totalidad por el nivel central del Estado, dicha competencia dejaría de ser concurrente, vulnerando así la Constitución», se lee en la carta que la AMB envió al presidente de Diputados, Freddy Mamani.
El artículo 22 del plan normativo indica: «Mientras dure la emergencia sanitaria, el nivel central del Estado, de forma excepcional, queda facultado para ejercer las competencias en materia de salud previstas en la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, los Estatutos Orgánicos y las Cartas Orgánicas de Entidades Territoriales Autónomas, de manera temporal y únicamente cuando éstas se hallen rebasadas en su capacidad de respuesta».
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Ante esto, la Asociación Municipal puntualizó que una «ley ordinaria» no puede ir contra una normativa aprobada por dos tercios del Legislativo como la de Autonomías. Además, las cartas y estatutos orgánicos fueron aportados mediante votación y con base en lo referidos en la Constitución, por lo que, de aprobar el precepto de Emergencia Sanitaria, se interpondrá una acción abstracta de inconstitucionalidad, anunciaron las municipalidades.
La normativa también fue objetada por el sector salud, puesto que prohíbe su derecho constitucional a la protestas y da paso a la contratación de profesionales extranjeros.
La oposición observó que al Gobierno se le permita las contrataciones directas durante la emergencia por la pandemia y las cláusulas de confidencialidad en este periodo.
