Epizana: jefes ven fin de sus carreras con sanción máxima

Familiares de los policías linchados denunciaron que las víctimas fueron enviadas por el subcomandante para realizar un “volteo” de droga.

Fallo. El Tribunal Disciplinario frustró las aspiraciones profesionales de ascender a generales al calificar su actitud de negligente.

image Mamani, Pacheco y Copa (en ese orden), ayer durante la lectura de la sentencia en el juicio disciplinario por los linchamientos de Epizana.



Los Tiempos

Por: Katiuska Vásquez

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El Tribunal Disciplinario de la Policía dio ayer la máxima sanción a dos de los tres jefes policiales que dirigieron la guarnición en Cochabamba el fatídico 26 de febrero de 2008, cuando tres efectivos de la institución fueron linchados en la población de Epizana. El Tribunal concluyó que hubo negligencia en la atención a las víctimas y los sancionó con la pérdida de dos años de antigüedad.

Con ello, el ex comandante departamental de Cochabamba, José Copa Mormeri, y el ex subcomandante, Ismael Medina Cerruto, llegan, virtualmente, al fin de su carrera policial porque pasan a una categoría de reserva. En tanto, el supervisor de turno de aquella noche, Ricardo Pacheco, fue sancionado con la pérdida de un año de antigüedad (lo que también perjudica su carrera), mientras que el cabo Martín Mamani fue absuelto.

Los procesados con el caso 105/2008 (Copa y Medina) pasan a la reserva, categoría “B”, y quedan rezagados de la promoción 1978, al perder dos años de antigüedad por no acudir, oportunamente, a su fuente de trabajo cuando surgió la emergencia de los tres policías rehenes.

Con esa sanción se deja sin efecto cualquier pretensión profesional, como el ascenso a generales, aunque el cumplimiento de la sanción depende del resultado que haya en la apelación.

El fallo consideró que los jefes policiales Copa y Medina se enteraron oportunamente del suceso el 26 de febrero a eso de las 2:30 a través de una cadena de comunicación, con origen en el retén de Epizana y que tuvo su punto neutral en el retén del kilómetro 10 del valle alto.

El Tribunal descartó las pruebas de descargo. La versión de Copa de que recién supo del hecho el 26 de febrero a las 7:15 por un relato de su ayudante, fue rechazada como prueba plena, ya que el ex comandante introdujo otros datos en sus primeros informes al Subcomando General de la Policía y la Comisión de Justicia del Senado, como que se enteró de la suerte de los policías ese día a las 2:30, por un reporte del Subcomandante.

Para el Tribunal pesaron más los informes y concluyó que los jefes policiales supieron oportunamente del riesgo de los policías y que, pese a ello, no se presentaron en el Comando de la Policía para supervisar, dirigir o planificar un operativo de rescate de las víctimas. Recién acudieron a sus despachos el 26 por la mañana, cuando se habían perdido cinco horas valiosas, que pudieron cambiar el destino de los efectivos.

El Tribunal calificó la inasistencia como una falta grave, según lo previsto en el artículo 6º b) numeral 23 del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía. Esa tardanza fue vital para socorrer a las víctimas Willy Álvarez, Wálter Ávila y Eloy Yupanqui, pues se cree que probablemente los uniformados podían ser rescatados con vida si se actuaba con celeridad.

Condenaron el repliegue

El único jefe policial que llegó a Epizana cuando las víctimas aún estaban vivas, Ricardo Pacheco, fue sancionado con la pérdida de un año de antigüedad. El Tribunal le reprochó haber abandonado a los policías sabiendo que sus vidas estaban en riesgo, al replegarse 60 kilómetros a la espera de refuerzo. Ese acto fue interpretado como un acto de temeridad, aunque Pacheco justificó su repliegue como una acción para evitar más pérdidas de vidas.

El cabo Martín Mamani, el único policía en el retén y que cumplía su primer día de trabajo, fue absuelto. Mamani fue procesado por no haber reportado la llegada de los policías el 25 de febrero y por abandonar su puesto el día siguiente, dejando sin comunicación al contingente que fue a rescatar a los efectivos.

El fiscal policial, Alejandro Grandi, rechazó el perdón y anunció una apelación. Los jefes procesados, también, anunciaron su apelación al tribunal de alzada en los siguientes tres días.

Mientras la sanción no sea ratificada, los procesados conservan sus derechos y pueden continuar en sus cargos. Se estima que la fase de apelación dure cinco meses. Si la sanción es refrendada los jefes policiales perderán el mando y al pasar a la reserva ya no podrán vestir el uniforme.

Epizana, volteo y lección

Los familiares de los policías linchados calificaron de leve la sanción contra los cuatro procesados y una vez más denunciaron que las víctimas fueron enviadas por el entonces subcomandante Ismael Medina para realizar un “volteo” de droga.

El Jefe Policial negó en varias ocasiones esa denuncia, incluso que conoció a las víctimas. Sin embargo, los dolientes observaron que en el proceso disciplinario no se ha tocado el fondo del hecho. Por ello, advirtieron con continuar con una demanda penal por varios cargos contra los jefes.

El fallido operativo para rescatar a los policías rehenes en Epizana y la drástica sanción que recae sobre los jefes policiales, representan una lección institucional. La ejecución de los policías dejó al descubierto la informalidad con la que se administraba el Comando de la Policía y el Estado Mayor.

Pero, según los testigos, la informalidad no era algo exclusivo de los jefes policiales, sino que el letargo se remontaba a gestiones pasadas.