La coca en la justicia constitucional


Marcelo Ostria Trigo

MarceloOstriaTrigo_thumb1 Con frecuencia, los dichos y declaraciones de ciertos personajes públicos son difíciles de comprender y menos aún de aceptar. Tenemos algunos récords de disparates reiterados. Tenemos, entonces, que reconocer que aventajamos a todos en carencias de seriedad, equilibrio y sensatez.

Resulta complicado explicar por qué encumbrados personajes se enfrascan en una suerte de competencia de necedades. Algunas veces se trata, simplemente, de boberías inocuas, aunque nos avergüenzan colectivamente. Pero hay otras en que no se quedan solo en el ridículo, sino que pueden tener derivaciones no deseadas. La confesión de un magistrado boliviano en sentido de que, para definir los fallos en las causas constitucionales que le son sometidas, se vale de las hojas de coca, aparentemente solo ha ocasionado hilaridad. Pero hay que tomar en cuenta que las instituciones modernas –entre ellas las responsables de la administración de justicia– se afilian a organismos internacionales especializados y son parte de asociaciones multilaterales.



El Tribunal Constitucional de Bolivia es miembro, desde el 28 de octubre de 2006, de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, cuyas reuniones, con participación de los tribunales, cortes y salas constitucionales iberoamericanos, han permitido “constatar –así lo ha recogido la Declaración de Sevilla– que desde la diversidad de sistemas y modelos de control de constitucionalidad y de protección de los derechos y libertades fundamentales, los países participantes forman una auténtica Comunidad de Justicia Constitucional”. Esta conferencia es, además, una instancia adecuada para “reforzar la concertación y los lazos de cooperación (…) así como el diálogo entre las distintas instituciones de justicia constitucional (que) tienen como objetivo último no solo la mejora y el perfeccionamiento de los tribunales, cortes y salas constitucionales, sino también contribuir con ello a la reafirmación y consolidación de los principios y valores básicos del Estado de Derecho, al correcto funcionamiento institucional de los poderes y a una mayor eficacia y garantía de los derechos y libertades de la persona” (Del Preámbulo de los Estatutos de la Conferencia).

El mencionado magistrado boliviano, al afirmar que las hojas de coca le indican qué fallo debe adoptar en las causas constitucionales que le sometan, no hace otra cosa que seguir una consigna política. Esto, cuando el jefe de Estado se ha embarcado en una campaña internacional, de dudoso éxito, para lograr la despenalización de la hoja de coca y del acullico.

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En la búsqueda de nuevos campos de aplicación de esta planta supuestamente beneficiosa, se apela a lo que linda con la hechicería. Así, se desconoce los fundamentos de las ciencias jurídicas para llegar a la verdad judicial: el fallo, en este caso en el ámbito constitucional.

Hay un caprichoso empeño oficialista de diferenciarnos del mundo. Esto nos lleva a recordar nuestra soledad en la Conferencia del Cambio Climático de 2010 celebrada en Cancún (México): entre 194 representaciones, la posición nacional obtuvo un solo voto, es decir que las demás, incluidas las de los aliados de la ALBA, no compartieron nuestros planteamientos.

Si no se hace una clara definición y se reafirma que la adivinación en coca no es un procedimiento legal aceptado en Bolivia, tampoco habrá esperanzas de que nos vaya bien en las reuniones periódicas de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional.

El Deber – Santa Cruz