Sin recursos e imprecisa, Ley 348 no salda deuda con las mujeres


En varios casos la norma es mal interpretada y usada contra las víctimas que debe resguardar. En ocho años no se formaron personal ni instancias especializadas en Bolivia.

 Carolina Méndez / Santa Cruz

En medio de la consternación por el feminicidio de Hanalí Huaycho, Evo Morales promulgó el 9 de marzo de 2013, la Ley 348 para “garantizar a las mujeres una vida libre de violencia”. La norma que se venía trabajando anticipadamente, fue apurada por la indignación colectiva ante la noticia de la periodista asesinada a puñaladas frente a su hijo de cinco años. Hecho atroz que alimentó las ascendentes cifras de violencia perpetradas contra la mujer.



Ocho años después de la puesta en vigencia de la norma, los números de violencia se pudieron catalogar, pero no se redujeron. Por el contrario, entre 2013 y 2020, se cometieron 787 feminicidios, según datos de la Fiscalía General del Estado. De  esos casos, hasta  2019, sólo en 218 se consiguió sentencia. Hay insuficientes juzgados especializados y escasas sentencias.

La Comunidad de Derechos Humanos, señala que, a los números  de feminicidios, hay que sumarle 1.320 intentos de feminicidios entre 2013 y 2019. Afortunadamente en esos casos no se acabó con la vida de las víctimas, pero son la prueba latente de una práctica incrustada de violencia de género.

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Colectivos  se movilizaron en exigencia de protección para  las mujeres.
Foto:Colectivos

“La Ley 348 fue aprobada para demostrar que se estaba haciendo algo ante la situación insostenible de violencia contra las mujeres, por eso que es una combinación entre una norma mal hecha y a la vez mal aplicada”, indica Arleti Tordoya, abogada e integrante de Mujeres Creando.

Se prevé que la norma,  que viene siendo cuestionada por colectivos feministas, será modificada y entregada el  8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. Para ello, el Ministerio de Justicia, en el marco de su plan de reforma  judicial, lanzó una convocatoria -el 17 de diciembre de 2020- para desarrollar un proceso participativo de colectivos y víctimas de violencia y feminicidio para la modificación de la ley.

Según la viceministra de Igualdad de Oportunidades, Miriam Huacani, hasta el 15 de enero se recibieron más de 1.000 propuestas para su mejoramiento. Pero ¿qué hay de malo en la Ley 348?

Usada en contra de las mujeres

Mujeres Creando, colectivo feminista que acompaña diariamente a las mujeres en su búsqueda de justicia, presentó un proyecto para modificar y complementar la Ley 348.

Las modificaciones necesarias señaladas por el colectivo son 14. Las primeras siete son cambios dentro de la normativa y las restantes son nuevas incorporaciones a la ley.

Entre las modificaciones está el  precisar la “especificidad del sujeto de protección”. Por increíble que parezca, la 348 -creada para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres- señala en su Artículo 5 que las disposiciones de la normativa    serán aplicables a “toda persona” vulnerable “independientemente de su género”.  Esto causó, en la práctica, que haya  mujeres denunciadas bajo la misma ley creada para defenderlas.

“He tenido casos en los que la mujer pide asistencia familiar y el hombre la denuncia por violencia económica bajo la Ley 348”, cuenta Tordoya. Pone este ejemplo  para explicar cómo la normativa que debería proteger a la mujer, le juega en contra.

Adicional a esta modificación crucial, Mujeres Creando propone agregar un tipo más de violencia a los ya contemplados: la  “violencia contra la intimidad sexual”. “La Ley Nº 348 define 17 tipos de violencia, pero sólo pueden ser penalizados cinco, dejando 12  sin ser tipificados”, expone  el documento publicado.

“Albergue para hombres agresores”, “procesamiento de muestras biológicas de oficio” e “inhabilitación al acceso de cargos públicos y privados a sola imputación de violencia”  son otras  sugerencias del colectivo.

Recursos para ejecutar la ley

La Comunidad de Derechos Humanos,  en un trabajo en conjunto con 32 organizaciones a nivel nacional, presentó una propuesta con 70  puntos para modificar la Ley 348.

No obstante, más allá de los cambios en la normativa, Mónica Bayá, secretaria técnica de la Comunidad de Derechos Humanos, señala que la falta de presupuesto ha imposibilitado aplicar la ley creada para proteger a las mujeres en el país.

“Hay cosas que se pueden mejorar y por eso estamos aprovechando de incorporarlas ahora en la modificación. En muchos casos es cuestión de complementariedad y en otros de aclaración, porque hemos visto que la normativa no ha sido interpretada adecuadamente. Pero, el principal problema que hemos detectado es la falta de inversión económica para implementar la ley”, expone Bayá.

La prevención y el acceso a la justicia son las dos líneas en las que se detecta que la normativa no ha funcionado como se esperaba.

“Toda la institucionalidad especializada que debió desarrollarse, tanto en temas de justicia como en los servicios no judiciales, no ha tenido la inversión suficiente para acceder a los recursos humanos adecuados. Por ejemplo, el IDIF no ha sido reforzado -como debió serlo- ni se crearon los juzgados especializados previstos”, manifiesta la abogada.

Por su parte, Jessica Echevarria, abogada feminista, quien destaca el avance que significó la Ley 348 por “aportar una nueva mirada a la justicia”, coincide en que la falta de personal capacitado en temas de género es un grave problema en la búsqueda de justicia de las mujeres.

“Es necesario que tanto en la Felcv como en la Fiscalía, los fiscales y  policías que van a estar a cargo de las investigaciones de delitos sexuales y violencia familiar  tengan una especialización. Lastimosamente tropezamos con muchos funcionarios que tienen mentalidad machista y que terminan minimizando delitos de violación o intentando normalizar la violencia familiar. Me  topé con jueces que benefician a padrastros que abusan de niñas”, manifiesta con indignación la jurista.

“Prohibir que las denuncias por hechos de violencia no sean admitidas por formalismos”, “declarar la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes” y “derogar el delito de estupro para ser sancionado bajo la figura de violación a infante, niña, niño y adolescente” son algunas de las modificaciones contempladas en el documento de 70 puntos trabajados de manera amplia por las organizaciones.

Queda menos de un mes para que el Ministerio de Justicia presente una ley modificada que recoja las observaciones de los colectivos y que prevea mecanismos para la aplicación de la normativa. Mientras tanto, los números de violencia siguen enlutando a las familias en el país.

 

Feminicidios  2021

  • Crímenes  Hasta la fecha, se registraron al menos 15 feminicidios en todo el país.
  •  Enero  El director nacional del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), Andrés Flores, informó que sólo en el primer mes del 2021, la Fiscalía atendió 11 feminicidios.
  • Inicio Sólo en los primeros dos días de 2021 se registraron   tres feminicidios en los departamentos de Pando y Santa Cruz. En este último departamento  se reportaron   135 casos de violencia contra las mujeres.
  • Alerta  En la ALP se propuso la  declaración de  emergencia nacional por la cantidad de feminicidios registrados en el país durante la gestión 2020 y lo que va de 2021. Se pidió la atención del Gobierno.

Conciliar no es el camino

La declaración del ministro de Justicia, Iván Lima, quien manifestó que entre las propuestas de la modificación de la Ley 348, estaba la posibilidad de que una mujer pueda “conciliar” con su agresor las veces que sea necesario, causó profundas críticas en la sociedad.

Tanto así, que Lima tuvo que salir a aclarar lo que quiso decir para  dejar explícito que de ninguna manera se refirió a delitos graves o a casos de feminicidio.

La autoridad señaló que las víctimas deberían poder decidir si llevan sus casos “por la vía familiar o por la vía penal”. Ese planteamiento es en realidad una de las siete propuestas presentadas por Mujeres Creando como medidas para adicionar a la Ley 348, surgida de “nuestro contexto social y cultural”, según se lee en el documento.

Se explica que no se trata de conciliar sino de plantear una respuesta concreta entendiendo lo que en la práctica conlleva un proceso penal: demandante de tiempo e innumerables gastos económicos. Además, este proceso, en la mayoría de los casos, no libera inmediatamente a la víctima del agresor.

“La sanción de ley en los casos de violencia, no me refiero a las de tipo sexual, tarda entre dos a cuatro años. Es injusto que nos obliguen a las mujeres a entrar a un canal tortuoso para llegar a una sanción ínfima para el agresor. Por eso proponemos que la mujer sea quien decida. Ella -mejor que nadie- sabe bien lo que quiere”, explica Arleti Tordoya, abogada e integrante de Mujeres Creando en  Santa Cruz.

Añade que las mujeres  deben poder optar por acciones concretas como “pedir que el agresor salga de la casa, pase asistencia familiar, no la vuelva a molestar y que sea ingresado  a un hogar de acogida para  agresores donde   aprenda manualidades”.

La posibilidad de presentar dos vías para la víctima “debería ser debatida”, manifestó Lima, quien la considera “un cambio de paradigma” en la justicia. Para ingresar a ese análisis será preciso comprender que la violencia tiene muchas formas.

La ley actual contempla 17 tipos de violencia contra la mujer, pero se espera  que  tras la modificación se incluyan aún más categorizaciones.

“En la práctica, lo peor de todo, es que la carga procesal recae sobre el hombro de las mujeres. Después de la primera etapa de la investigación se supone que el Ministerio Público asume la indagación de oficio, cosa que no sucede. El ministerio está dejando los casos y dice que es porque la víctima no volvió y no sabe dónde vive. Cargando así la carga procesal en la víctima”, afirma Tordoya.

Señala que  estas  deficiencias son producidas, entre otras cosas, por la gran recarga laboral en fiscalías, juzgados de violencia y policías.

8 años de  la norma

348 La norma fue promulgada por Evo Morales, el sábado 9 de marzo de 2013, tras el feminicidio de la periodista Hanalí Huaycho y el incremento de casos de violencia contra la mujer.

17 tipos La Ley 348 contempla 17 tipos de violencia física, psicológica, simbólica, patrimonial y feminicida. Colectivos feministas piden incluir  categorías  como: violencia obstétrica y contra la intimidad sexual.

787 feminicidios fueron registrados  desde 2013 hasta 2020. Estos datos fueron proporcionados por la Comunidad de Derechos Humanos con base en cifras registradas en la Fiscalía General del Estado boliviano.

218 sentencias de casos de feminicidio fueron emitidas a nivel nacional entre 2013 y 2019. Considerando la cantidad de casos, la cifra representa sólo al 32,34% de sentencias.

 290.000 casos de violencia contra la mujer fueron registrados entre 2013 y 2020 en todo el país, según los datos  la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia.casos de violencia contra la mujer fueron registrados entre 2013 y 2020 en todo el país, según los datos  la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia.

1.320 intentos de feminicidios fueron reportados en todo el país entre 2013 y 2020. Estos datos corresponden  a las estadísticas de la  Fiscalía General del Estado sobre la violencia que se ejerce en contra de las mujeres.

1.000 propuestas de modificaciones a la Ley 348 llegaron al  Ministerio de Justicia hasta el 15 de enero pasado.  Se espera que la norma modificada esté lista para el mes de marzo.