Denuncian a magistrados del TCP de Bolivia de cometer delitos; irán a cortes internacionales


Las críticas contra el Tribunal Constitucional se agudizan. La exdiputada Norma Piérola dice que recurrirá a la Corte Interamericana de DDHH, mientras que un exmagistrado dice que los vocales incurren en varios delitos; ellos prefieren guardar silencio.

 

Luis Marcelo Tedesqui Vargas

Denuncian que los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) cometieron delitos y que el caso se llevará ante la Corte Interamericana de DDHH. Así continuó la polémica sobre la resolución que declaró inconstitucional la ley que permite los juicios en ausencia, decisión que estaba firmada por la mayoría de los vocales de la Sala Plena, incluso su presidente, pero que ahora no es válida y fue nuevamente sorteada para que se emita otro fallo.

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El ministro de Justicia, Iván Lima, aseguró que en la norma internacional se permiten los juicios en ausencia, siempre y cuando el acusado sea notificado y tenga la posibilidad de apelar la decisión final del proceso.

El TCP no se pronunció ayer sobre el caso del juicio en ausencia, a casi un año y medio de la presentación de una acción de inconstitucionalidad en contra de algunos artículos de la Ley 004 anticorrupción que le dan vía libre a los enjuiciamientos en rebeldía.

Desde el 26 de marzo, cuando el ministro Iván Lima revelara la existencia de esta sentencia, que deja sin efecto los juicios en ausencia, muchos procesados en la vía penal, sin el debido proceso, se movilizaron para acceder al fallo que a la fecha no ha sido notificado oficialmente a las partes ni se publica en la página web y menos en el tablero de notificaciones del TCP.

Los abogados rondaron por el TCP. En la página web, en el tablero de notificaciones, se hallan memoriales solicitando acceder a esa sentencia pero no tienen respuesta, porque el fallo salió pero después fue supuestamente “escondido”, denuncian los opositores.

La demandante, exdiputada Norma Piérola, que envió varias notas al TCP para que la notifiquen con la sentencia que reveló el ministro Lima, decidió darse por notificada con el desaparecido fallo.

Por eso, anunció que recurrirá ante la Corte Interamericana de DDHH, “porque hemos acompañado jurisprudencia que debían aplicar directamente el TCP si tenía alguna duda. Bolivia es signataria de tratados internacionales. Y bajo el principio de aquel que pacta para sí y sus administrados, el Estado debe someterse a lo que dicen dichos tratados, en aplicación preferente incluso a lo que señala la Constitución”, dijo.

Con ese mismo argumento fue que Evo Morales consiguió el aval del TCP para participar en las elecciones que llevaron al fraude declarado por la OEA en 2019, a su renuncia y salida del país.

El ministro de Justicia Iván Lima dijo que hasta el momento no existe un pronunciamiento. No quiso pronunciarse sobre la resolución “porque ese documento no es válido. La diputada Piérola presentó un caso que podía favorecer al señor Manfred Reyes Villa, Mario Cossio, Gonzalo Sánchez de Lozada y una serie de autoridades que fueron juzgadas en rebeldía”, dijo.

Complementó que “el escenario es claro, Piérola hace una queja con relación a un reclamo político que ha realizado, y eso no obtuvo una respuesta del TCP hasta el momento”, acotó.

Calificó este tema de muy relevante, “tuvo un desarrollo ante el sistema interamericano de los Derechos Humanos, no ha quedado estancado a nivel internacional”.

Detalló que en ese estándar (el internacional), lo que se tiene que hacer es informar a la persona procesada, de forma fehaciente, que tiene un juicio en su contra y darle el derecho a apelar, a reclamar sobre la decisión que se asumiese en su contra. “Si se cumplen estas dos condiciones, se permite a cualquier ciudadano protegido por esta convención, de ser escuchado, y ser sometido y sancionado en un proceso penal”.

Es un tema que tiene un desarrollo jurisprudencial a nivel de la Corte Interamericana que, para Lima, “cambió la realidad del país, de la Ley Marcelo Quiroga y seguramente será tomado en cuenta por el TCP cuando finalmente emita su decisión”.

Ante la consulta de los periodistas en el grupo de WhatsApp oficial del TCP sobre un pronunciamiento del presidente del TCP, Paul Franco, la respuesta de la Unidad de Comunicación fue que la máxima autoridad se ratifica en lo que había manifestado el 8 de mayo, de la no existencia de la sentencia, pero tampoco aclaró si habrá otra versión de la misma o si se confirmará la que está circulando, es decir, que el caso fue sorteado nuevamente.

Delitos

El exmagistrado del Tribunal Constitucional, Marco Antonio Baldivieso, sostuvo que toda sentencia tiene validez cuando son suscritas por la Sala Plena de los magistrados y eso ocurrió con el fallo 0012/2021, que circula entre los abogados y la tiene la propia accionante, la exdiputada Norma Piérola.

“La existencia de esa sentencia es evidente, yo tengo la sentencia en fotografía por lo menos la parte resolutiva y la primera parte con el título de la resolución, lo que extraña es que exista esta incertidumbre en el órgano que debiera otorgar seguridad jurídica a los bolivianos. Si eso ocurre en el TCP, que un día una sentencia vale y al día siguiente no existe, es que realmente no sabemos en manos de quienes estamos”, enfatizó.

El abogado consideró que hay mucha injerencia política en el TCP y esta es una prueba más de que esta intromisión persiste porque en este caso, si se aplicara la sentencia 0012/2021, favorecería a muchos políticos de la oposición que tienen procesos pendientes y son juzgados en rebeldía.

“Extraña que esta resolución, de existir haya pasado a no existir y requiere una investigación no solo del Consejo de la Magistratura o de la Asamblea Legislativa, merece la investigación del Ministerio Público, porque estamos hablando de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado para quienes muestran una sentencia que no existe”, sostuvo.

Dijo que no es posible que en un tribunal guardián de la Constitución desaparezcan resoluciones o ciertos abogados tengan acceso a estas resoluciones y no estén disponibles para el resto. En su criterio existe injerencia política y lo que pide la población es que se aclare oportunamente esta situación porque no puede desaparecer un fallo así por así.

“Es un hecho muy notorio, esperemos que (la Fiscalía y el Consejo) tomen cartas en el asunto”, enfatizó.

El 11 de marzo, el TCP emitió la sentencia 0012/2021 con la firma de dos tercios de los nueve magistrados, declarando la inconstitucionalidad de los arts. 91 Bis y 344 Bis del Código de Procedimiento Penal, introducidos por el art. 36 de la Ley 004, pero este fallo no fue notificado oficialmente a las partes.

En octubre de 2020, el Colegio Nacional de Abogados de Bolivia (Conalab) a la cabeza de su presidente Arturo Yáñez, denunció que la queja más reiterada y unánime de todos los colegios departamentales, es que el TCP no cumple sistemáticamente con su obligación de notificar adecuada y oportunamente a todas las partes con sus resoluciones.

“En la práctica cotidiana, jamás la diligencia se hace conocer en la fecha que aparece en el expediente, incluso pese a que los abogados tienen el cuidado de señalar en su apersonamiento o actuado posterior su correo electrónico, según establece el propio Código Procesal Constitucional”, señalaba parte del pronunciamiento de queja de los abogados colegiados.

Así, fuentes políticas denunciaron que el objetivo es afianzar una condena en contra de los exministros Arturo Murillo y Fernando López, que salieron del país.

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