Tribunal de Garantías falla a favor de Freddy Soruco


Concejo Desiree-Wilson13 La defensa de los concejales anuncia una denuncia en contra de los vocales por prevaricato. El edil Manuel Saavedra critica la decisión judicial. El Tribunal de Garantías rechazó el recurso que presentaron los concejales oficialistas la semana pasada sobre las acciones del edil Freddy Soruco, quien resultó favorecido por el fallo judicial.

La sesión, que el pasado jueves 9 de agosto reinstaló a Soruco, fue avalada con la resolución emitida de los vocales de la Sala Social Administrativa. En la misma reunión de esa fecha también se restituyó a Desirée Bravo como presidente del Plenario y se analizó la suspensión de seis legisladores de la agrupación Santa Cruz Para Todos (SPT) y de la edil del Movimiento Al Socialismo (MAS), Arminda Velásquez.

Los concejales oficialistas solicitaron al Tribunal de Garantías, que analice la conducta de su colega Soruco y que remita los antecedentes al Ministerio Público para que esta institución tome acciones por el supuesto incumplimiento que habrían cometido tanto Soruco como Bravo.



Acciones judiciales Después de conocerse el fallo de los vocales, el abogado de los concejales, Otto Ritter, anunció que denunciará a los vocales Ariel Rocha y Jimmy López de la Sala Social Administrativa por el delito de prevaricato. "Lo que escriben con la mano lo borran con el codo. Ellos dicen que con reinstalar la sesión es suficiente y entonces si se elige en un mes o dos años no les importa. Esta resolución ha costado 40 millones de dólares, porque eso es lo que cuestan los famosos módulos de justicia en los barrios”, manifestó Ritter. Por su parte, el concejal Manuel Saavedra, dijo que el fallo judicial tiene “vacíos legales”. "Lamentablemente hemos caído en lo que ellos querían, generar vacíos legales para que nadie entienda que es lo que se va hacer, mientras tanto el dinero del pueblo se sigue manejando sin fiscalización de los concejales”, añadió el edil Saavedra.

Delito.El delito de prevaricato plasmado en el artículo 173 del Código Penal establece que el juez que en el ejercicio de sus funciones dicte resoluciones contrarias a la ley será sancionado con reclusión de dos a cuatro años. Si como resultado del prevaricato en proceso penal se condenare a una persona inocente, se le impusiere pena más grave que la justificable o se aplicara ilegítimamente la detención preventiva, la pena será de reclusión de tres a ocho años. El fallo del 20 de julio que emitieron los vocales a favor de Soruco, establecía la reinstalación de la sesión del 7 de junio a la cabeza de este y con los mismos actores para elegir la nueva directiva del Concejo Municipal. Los vocales dieron un tiempo de cinco días para reinstalar la sesión, una vez que hayan sido notificados los concejales titulares y suplentes del Municipio cruceño.

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Fuente: El Día