El TCP declara inconstitucional siete artículos de la ley de extinción y declaró parcialmente constitucional el proyecto de la ley de extinción de dominio de bienes a favor del Estado. La diputada Rebeca Delgado cuestiona la ambigüedad.
A finales de 2012 hubo bloqueos y marchas en contra de la ley de extinción de bienes. Foto: ARCHIVO.
EL DEBER, Sucre
Los bienes confiscados provenientes del narcotráfico, de la corrupción y de la legitimación de ganacias pasarán a manos del Estado, pero no los del contrabando, como lo establecía el proyecto original de la ley de extinción de dominio de bienes a favor del Estado que fue a consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Así lo estableció la Declaración Constitucional Plurinacional 02/2013, del 19 de abril, y que se conoció ayer, cinco meses después de que el Gobierno la enviara a revisión.
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El presidente del TCP, Rudy Flores, informó de que el órgano constitucional identificó que el proyecto de ley de extinción de dominio como un instituto jurídico es constitucional, aplicable respecto de los delitos de narcotráfico, corrupción y legitimación de ganancias ilícitas. Excepto el contrabando, que no entra en los cánones de constitucionalidad debido a que existen procedimientos específicos y el Estado tiene una responsabilidad del control del contrabando.
Asimismo, el TCP definió que las extinciones de dominio no pueden ser activadas en la vía administrativa, tal como establece el proyecto de ley, para garantizar el debido proceso y la presunción de inocencia, debe instaurarse un proceso en una instancia judicial.
El 8 de noviembre del año pasado, el presidente Evo Morales envió en consulta la constitucionalidad del proyecto ley de extinción de dominio de bienes al Estado, previo a su consideración en la Asamblea Legislativa Plurinacional, siendo esta la primera consulta sobre la constitucionalidad de un proyecto de ley.
Reacciones
La decisión del Tribunal fue bien recibida por el dirigente gremial Jesús Cahuana, pero cuestionada por el abogado Iván Arias y la expresidenta de la Cámara de Diputados Rebeca Delgado, del MAS, que se enfrentó públicamente al ministro de Gobierno, Carlos Romero, por la legalidad del proyecto de ley de extinción.
Para Delgado, los magistrados del Tribunal Constitucional debieron declarar inconstitucional todos los artículos del proyecto, porque de la forma que lo hizo es ambiguo y se presta a diferentes interpretaciones.
En ese aspecto coincide el abogado y analista político Iván Arias. En su criterio, el Tribunal Constitucional no emite fallos para favorecer al pueblo, sino para congraciarse con el Gobierno. “Lo mismo sucedió con la resolución sobre la intangibilidad del Tipnis y los cuestionados artículos 144 y 145 de la Ley Marco de Autonomías, que se prestaron a diferentes interpretaciones”
Los gremialistas se movilizan el martes
Los gremiales tienen una de cal y otra de arena. Ayer festejaron la decisión del Tribunal Constitucional de dejarlos fuera del proyecto de la ley de extinción de dominio de bienes a favor del Estado, pero anuncian para el martes una movilización en contra del Gobierno por la vigencia del régimen simplificado.
El dirigente gremial Jesús Cahuana dijo que están suspendidas todas las movilizaciones por la ley de extinción de bienes, pero la lucha se concentrará en que se haga un estudio para que se actualicen los valores para el régimen simplificado.
“Hace 11 años que no se actualizan los estudios para establecer los montos que permitan definir el régimen simplificado y no se saben los montos y los valores”, reclamó Cahuana.
Para saber
Principio Constitucional
El proyecto de la ley de extinción de dominio de bienes encuentra sustento constitucional en los principios, valores y fines del Estado, como los principios ético-morales de la sociedad plural, en virtud de los cuales no puede protegerse jurídicamente la titularidad de bienes de procedencia ilícita, que no son producto del trabajo honesto.
La contradicción
El proyecto de ley de extinción de dominio de bienes surge como una respuesta a la necesidad de combatir actividades relacionadas con el crimen organizado, el cual debe estar circunscrito a las actividades relacionadas con el narcotráfico, legitimación de ganancias ilícitas y corrupción; no así para el contrabando.
El TCP declara inconstitucional siete artículos de la ley de extinción
Siete de los quince artículos que contiene el anteproyecto de la ley de Extinción a favor del Estado fueron declarados inconstitucionales este jueves.
El presidente del TCP, Ruddy Flores informó que tras la revisión de cada uno de los artículos del proyecto de Ley de Dominio y Extinción de Bienes a Favores del Estado, se estableció que de los 15 artículos que contiene la norma, siete de ellos fueron declarados inconstitucionales.
“El Tribunal Constitucional ha definido que las acciones de extinción y dominio no pueden ser activadas en materia administrativa, para garantizar el debido proceso debe actuarse a través de una instancia judicial por consecuente hemos declarado todo procedimiento que corresponde a tuición administrativa es inconstitucional”, dijo Flores.
Este proyecto de ley fue rechazado por diferentes sectores, entre ellos los gremialistas que realizaron diferentes movilizaciones en el país demandando al Gobierno central la derogación de la norma.
De acuerdo a los fundamentos expuestos en la Declaración, el TCP resuelve declarar:
1º La Constitucionalidad de los artículos 1, 2, 4, el parágrafo II del art. 6, 7, el parágrafo I y II del art. 8, 9, 12, 13, 14, 15, de la Disposición Transitoria Primera, Disposición Derogatoria y Abrogatoria Única del proyecto de “Ley de Extinción de Dominio de Bienes a Favor del Estado”, sometido a consulta, excepto el término “contrabando”.
2º La Inconstitucionalidad de los artículos 3, 5,6, parágrafos I y II del art. 7, de los parágrafos III y IV del art. 8, 10 y 11 y de las Disposiciones Transitorias Segunda, Tercera y Cuarta; y, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera del proyecto de “Ley de Extinción de Dominio de Bienes a Favor del Estado”. (El Deber).