En Bolivia, solo con señalar al padre podrán registrar a niños

Normas. Cambios que trae proyecto de código de las familias. Se llama la ‘filiación por señalamiento’ que puede hacer la madre soltera. Si el ‘señalado’ se opone entonces van a juicio.

image EL DÍA

Mire oficial de Registro Civil, este es el niño y su padre es Juan Pérez, póngale su apellido. Ese diálogo podrá ser común cuando se apruebe el proyecto de Código de las Familias, que incorpora ese procedimiento de filiación llamado "por señalamiento".



El anteproyecto de la norma fue expuesto ayer en el hotel Casablanca por la ministra de Justicia, Cecilia Ayllón, y destaca fundamentalmente la protección del Estado a los niños, mujeres embarazadas y familia.

De ese modo, las madres solteras no se verán forzadas a tener que darles su apellido a los niños cuando no hay consentimiento de los supuestos progenitores, pues basta con indicar el apellido, el oficial está obligado a tomarlo como un hecho verdadero.

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¿Y si es achacado? La normativa establece también que si "el señalado" como padre expresa su disconformidad, podrá acudir a un juez de familia y presentar pruebas, entre ellas, la de ADN para demostrar que quien dicen que es su hijo, es como comúnmente dicen, "un achacado".

El anteproyecto también contempla la igualdad de derechos entre los "bien casados" y los que viven en concubinato, para efectos de obtener beneficios.

Asimismo se contempla que los procesos sean orales y que duren menos de un año, a diferencia de hoy que un divorcio a veces demora hasta media década.

El Código de las Familias llega en un paquete que incluye a la Ley del Notariado en la que se establece que estos podrán realizar la disolución de los matrimonios cuando exista consentimiento de ambas partes y cuando existe un documento de rompimiento vinculatorio.