Despenalización del aborto: ¿solución?

Alberto Choqueres Prieto* PANZEn marzo del 2012 la diputada masista Patricia Mancilla interpuso al Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad de doce artículos del Código Penal, entre ellos tres referidos al aborto (artículos 263, 266 y 269 CP), aquella demanda levantó un debate controversial en el pueblo boliviano, ¿la despenalización del aborto en Bolivia, la solución a un problema de salud pública? ¿El discurso de muchas mujeres pro aborto “mi cuerpo me pertenece” es justificable? Principalmente en Bolivia son estas dos posturas que defienden la despenalización del aborto a las cuales podemos añadir una hipótesis formulada por Steven Levitt, economista, de la Universidad de Chicago y John Donohue, profesor de leyes de la Universidad de Stanford, la cual dice que la legalización del aborto en ciertos estados en la década de los setenta norteamericanos influyó en la disminución de la criminalidad en la década de los 90. Entonces Levitt ofrece el aborto como alternativa a las mujeres para no tener hijos que con seguridad les tocaría enfrentarse a una vida dura, y estos niños nacidos en un ambiente pobre y carente de amor maternal (hijos no deseados) tienden a tener conflictos con la ley, es decir son potenciales delincuentes.En contrapartida la posición de quienes están en contra del aborto se basa en que el nonato tiene vida desde la concepción, que la mujer puede decidir de su cuerpo, pero que bajo ningún hecho el bebe es parte del cuerpo de la mujer, muchos de los que están contra el aborto se mueven de acuerdo a sus creencias religiosas y morales.Siendo objetivos, dejando de lado si es o no moral el aborto, queda claro que puede reducir la criminalidad, pero no por eso se justifica para utilizarlo como herramienta para el control y regularización de la misma, pudiendo el Estado tomar medidas que vayan a la raíz del problema, el factor económico, el desempleo, la vida paupérrima en la cual se desarrollan aquellos “hijos no deseados” y los vuelve susceptibles a delinquir , y las poco o nada fungibles políticas económicas con repercusiones sociales terribles, la delincuencia, por citar solo un ejemplo.Y resulta poco productivo debatir si se despenaliza el aborto en casos de embarazo por violaciones u otros vejámenes porque ya está previsto en el Código Penal el aborto impune (art. 266), y pues si a pesar de todo aún hay mujeres que quieran “tomar decisiones respecto a su cuerpo” pueden evitar llegar a los extremos del aborto, tantos métodos anticonceptivos no abortivos que existentes, siendo el principal abanderado la abstinencia.*Estudiante de Derecho y Economía