Bolivia. Juristas y la oposición temen que proyecto de ley sea para perseguir, pero el MAS asegura que los fines son nobles. La normativa que será debatida en la Cámara Baja incluye la preservación de la identidad, confidencialidad de los datos personales, entre otros.
Un proyecto de ley que recién ingresó a la Cámara de Diputados genera desconfianza entre abogados y la oposición, que temen que sea un instrumento más de la represión y persecución.
Se trata de la normativa de protección de testigos en los delitos como narcotráfico, crimen organizado, corrupción y violencia machista.
Sugieren que sea específico y dirigido expresamente a la protección de la víctima y no con otros fines políticos de amedrentamiento.
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Testigo debe tener credibilidad. El constitucionalista Saúl Paniagua remarcó que para que funcione la normativa, el testigo debe gozar de la suficiente credibilidad.
"Ese proyecto prevé el tema de seguridad nacional, pero en la misma preservación de la prueba establecida en la Constitución; caso contrario, este tipo de medidas es una figura muy peligrosa", afirmó.
Comentó que el Programa de Protección de Testigos es empleado para detener a una persona, pero la declaración de alguien no es suficiente para imputar a un individuo. Ya que un testimonio depende de la credibilidad del testigo, ya sea por afinidad o enemistad con el imputado, por ello es necesario modificar el ordenamiento jurídico. Mencionó que se desvirtúa la norma si los delitos lo amplían a violencia machista.
Una norma no disminuye la inseguridad. Para el presidente del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Marcelo Arrázola, no disminuye la inseguridad del Estado con nuevas normas o endurecimiento de penas. Lo que necesita la población es fortalecer los órganos del Estado con la temática penal, de tal manera que la Policía, Ministerio Público y órgano judicial sean fuertes y respetables. Arrázola mencionó que la norma penal tiene dos objetivos básicos, que son el preventivo y el sancionador, de los cuales se debe centrar en la prevención, pero para que se cumpla ese fin la sociedad tiene que tener respeto a la ley.
Evitar la politización. Asimismo, el penalista Alejandro Colanzi comentó que la normativa es necesaria si no es utilizada políticamente.
"En muchos países está la protección de testigos, fundamentalmente para el crimen organizado, narcotráfico y alta corrupción", afirmó el jurista.
Colanzi no considera prudente que se utilice el Programa de Protección de Testigos para la violencia machista, porque no tiene la dimensión del crimen organizado, ya sea corrupción o tráfico de drogas.
El tema machista dijo que ha sido utilizado en varios gobiernos con el fin de linchar a cualquier adversario político.
Contemplada en Ley del Ministerio Público. El exfiscal Joadel Bravo explicó que la protección de testigos está contemplada en la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Bravo especificó que para preservar la identidad de un denunciante en un proceso se debe tener en cuenta el derecho a la defensa.
Sin embargo, aseveró que siendo un tema de protección a la víctima adquiere su relevancia por ser una necesidad, sin vulnerar la Carta Magna.
Evitar que no vulnere los derechos. Por su parte, el jefe de bancada de Convergencia Nacional (CN) en la Cámara de Diputados, Adrián Olivia, mencionó que cuando se analice y debata el proyecto, se garantizará que no se vulnere los derechos. "Con el fin de que cumpla la función por la que la norma está siendo propuesta, es fundamental que la independencia de la justicia en Bolivia", afirmó el opositor.
El fin es el derecho a la reserva. El diputado del MAS Edgar Luis Fernando afirmó que la finalidad del anteproyecto de ley es el derecho de la reserva de los testigos.
Negó que pueda tratarse de un instrumento de persecución a los adversarios políticos.
Ley Orgánica Del Ministerio Público
Protección de las víctimas
Artículo 11°.- (Protección a víctimas, testigos y servidoras y servidores públicos).- El Ministerio Público, en coordinación con la Policía Boliviana, Órganos del Estado e instituciones públicas, protegerá a las personas que por colaborar con la administración de justicia corran peligro de sufrir algún daño. A tal efecto, dispondrá de programas permanentes de protección a testigos, denunciantes, peritos, víctimas y a sus propias servidoras o servidores.
Esta protección se brindará, en especial, cuando se trate de delitos vinculados al crimen organizado, corrupción, narcotráfico, en contra de niños, niñas, adolescentes y mujeres, trata y tráfico de personas y/o violación de derechos fundamentales.
Proyecto. Incluye la preservación de la identidad, la confidencialidad de los datos personales, de derechos laborales, custodia policial en el domicilio de la persona y uso de sistemas tecnológicos para proteger su identidad.
Punto de vista
‘Primero se debe reglamentar la protección’
Cnel. Rolando Fernández
Excomandante Dptal. de Policía
Teniendo en cuenta de que la protección de testigos está descrita en la Ley Orgánica del Ministerio Público, lo que se debe hacer es reglamentar.
Es importante, porque mucha gente por temor no se anima a denunciar, incluso en muchos casos son amenazados por personas que han cometido delitos.
Incluso si forman parte del listado de testigo de una de las partes, no dicen todo lo que conocen, eso por temor, porque hay una amenaza o por miedo, porque pueden estar frente a delincuentes inescrupulosos que pueden hacerles daño.
El modelo que se conoce es el de Estados Unidos, como el Programa de Protección de Testigos.
Donde las familias las ubican en ciertas zonas protegidas, son objetos de cambio de nombres.
En síntesis, el Estado protege a la familia y a las personas, los colocan en viviendas con ciertas condiciones otorgadas en áreas de protección policial, porque son personas que están en inminente peligro.
Mayormente se da esta protección en delitos graves, como mafias internacionales y de actividades relacionadas al narcotráfico.
Es necesario que el Estado proteja a las personas que quieran colaborar con la justicia, lastimosamente en Bolivia nunca se ha dado y es por eso que muchos casos han quedado inconclusos.
‘El testigo debe tener la suficiente credibilidad, el programa de protección es empleado para detener a una persona, pero la declaración no es suficiente para imputar’.
Saúl Paniagua
Constitucionalista
‘Con nuevas normas no disminuye la inseguridad, lo que se necesita es fortalecer los órganos del Estado, para que la Policía, Fiscalía y órgano judicial sean respetables’.
Marcelo Arrázola
Presidente del Colegio Dptal de Abogados
‘La norma es necesaria si no es politizada para perseguir a la oposición, en varios países está la protección a testigos en especial para el crimen organizado y narcotráfico’.
Alejandro Colanzi
Penalista
‘Está contemplado en la Ley Orgánica del Ministerio Público, pero para preservar la identidad del denunciante se debe tener en cuenta el derecho a la defensa’.
Joadel Bravo
Exfiscal Antinarcóticos
Fuente: EL DÍA, Santa Cruz