También anticipó que los censistas, supervisores o jefes de áreas no podrán responder preguntas de medios de comunicación.
eju.tv / Video: Cadena A
Lidia Mamani / La Paz
Los medios de comunicación o periodistas no podrán grabar ningún audio ni de las preguntas ni de las respuestas que dé un grupo familiar mientras esté en pleno proceso de la encuesta, durante la realización del Censo de Población y Vivienda, que se realizará este sábado 23 de marzo, en resguardo al secreto estadístico, anticipó anoche la Coordinadora del Programa del Censo de Población y Vivienda, del Instituto Nacional de Estadística (INE), Martha Oviedo.
“Cuando estamos en el censo, un censista hace las preguntas y llena el cuestionario, cuando llene no tienen que estar otras personas que no pertenecen al grupo familiar al que se está entrevistando, a lo mucho podría estar el supervisor para apoyar, pero no puede haber un tercero, que no tiene nada que ver en la investigación, escuchando ni grabando las respuestas que da la población, a eso se refiere el secreto estadístico”, explicó Oviedo.
En el caso de quiénes pueden dar o no la información, señaló que para que los medios de comunicación informen a la población, en el INE se ha determinado diferentes tiempos, por ejemplo, al inicio se tendrá una conferencia de cómo se está saliendo, luego habrá otra para informar de cómo va el avance y en ese momento se absolverán las dudas, pero los censistas, supervisores o jefes de áreas no podrán responder las preguntas de los periodistas, durante su recorrido el día del empadronamiento.
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“Eso no significa que no puedan filmar imágenes de cómo se está haciendo el censo, el recorrido que hace un voluntario, pero no se puede grabar nada de audio de lo que son las preguntas o respuestas que se hace a una familia”, insistió.
Las declaraciones de Oviedo se dan luego que el INE, en un comunicado, pide a los periodistas respetar el momento del empadronamiento, ya que el mismo está cubierto bajo el secreto estadístico.
Según el INE, el secreto Estadístico, contemplado en la Ley 1405, de Estadísticas Oficiales de Bolivia, promulgado el 1 de noviembre de 2021, en el numeral I del artículo 5, señala que: “la información proporcionada por los informantes, no podrá ser revelada en forma individual y sólo podrá ser publicada de forma anonimizada (…)”.
