Desde falta de asesoramiento hasta vacíos en la ley, Veeduría detectó 13 falencias en las judiciales

Falta de transparencia, de compromiso por parte de las universidades, desorganización, sin metodología de evaluación, vacíos legales, inequidad, discrecionalidad, son algunas de las 13 deficiencias que detectó la Veeduría Ciudadana en el proceso de preselección de candidatos al Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

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Proceso del examen oral de postulantes a magistrados. Foto: Captura
Fuente: ANF

“La credibilidad de la preselección de candidatos se ha visto comprometida constantemente tanto por los vacíos normativos y la debilidad institucional que han permitido suspensiones del proceso, los cuestionamientos a la imparcialidad de los miembros de las comisiones legislativas a cargo, así como las acusaciones de beneficiar a algunos postulantes en las diferentes etapas”, dice una de las observaciones que se encuentra en el informe de la Veeduría a la que accedió la ANF.

La veeduría ciudadana es una alianza de cuatro entidades: Unión Nacional de Instituciones para el Trabajo de Acción Social (Red UNITAS), Fundación Jubileo, Alianza Observación Ciudadana de la Democracia – OCD Bolivia y la Ruta de la Democracia. Realizaron el seguimiento de este proceso desde febrero de 2023 hasta el 26 de julio de este año.



El proceso de preselección de postulantes a magistrados se desarrolló en medio de postergaciones y cuestionamientos. En 2023 se paralizó a causa de un recurso legal que se presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional. Este proceso se reanudó luego que se promulgó la Ley 1549 en febrero de este año.

No obstante, el proceso fue suspendido nuevamente debido a las decenas de amparos constitucionales que interpusieron los candidatos inhabilitados en la etapa de calificación de méritos. El TCP dictó un fallo que permitió su reanudación; empero, la evaluación oral de los postulantes fue observada porque se denunció que algunos candidatos fueron ayudados por legisladores del oficialismo y la oposición.

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Deficiencias  

Con relación a la transparencia, la veeduría estableció que ese parámetro no fue tomado en cuenta porque no existió la posibilidad de acceder a la información del proceso. A la vez, se evidenció un tratamiento desigual de las postulaciones.

Observó que la Ley 1549 está incompleta y que se debe trabajar en señalar aspectos que hacen a las recomendaciones y estándares internacionales aplicables en ese proceso. No se tuvo el cuidado de garantizar la idoneidad y probidad necesaria en la convocatoria.

Otra de las observaciones que hizo es la existencia de vacíos en la normativa y en el procedimiento, que incrementó la discrecionalidad sobre la habilitación y calificación de los postulantes. La Ley 1549 no definió aspectos metodológicos con anterioridad ni acuerdos en las comisiones, consideró que esa situación generó improvisación, desorganización y confusión.

Con relación al trabajo de las comisiones mixtas, se evidenció que no fue equitativo en todo el proceso porque hubo un tratamiento disparejo al momento de considerar las postulaciones, por ejemplo, más tiempo a algunos candidatos, aceptación de documentos y certificados en algunos casos y en otros no, posibilidad de elegir un nuevo sobre o bolillo en la fase de preguntas.

Sobre los vacíos normativos, la Ley 1549 no prevé el acompañamiento de un equipo asesor ocasionando que los miembros de las comisiones no interpreten las preguntas que fueron elaboradas por las universidades o colegio de abogados. La norma tampoco especificó el apoyo que iban a brindar las universidades o los colegios de profesionales.

Además, no prevé el uso de la tecnología que pudo permitir un trabajo más ágil y confiable el proceso. Consideró que el examen oral no fue un parámetro eficiente para evaluar la capacidad de los postulantes.

Sin compromiso  

Otro de los puntos en los que hizo énfasis fue sobre el trabajo de las universidades y el colegio de abogados porque no demostraron compromiso al momento de elaborar la batería de preguntas, se evidenció falta de seriedad, prolijidad y un bajo nivel académico.

“Si bien la Ley 1549 prevé el acompañamiento de universidades y colegios de profesionales para la elaboración de preguntas en la fase final, se evidenció que los sobres enviados por estas instituciones contenían preguntas mal formuladas, incompletas, sin relación con los cargos en cuestión, repetidas con códigos diferentes, de difícil interpretación e incluso confusas que inducen a cometer errores”, señala el informe.

Una gran cantidad de postulantes que se sometieron al examen cuestionaron ese aspecto, porque en algunos casos las respuestas formuladas por las entidades académicas no coincidían con las preguntas. Incluso, algunas estaban mal elaboradas e incompletas.

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