[vid url=http://cd1.eju.tv/video/1404/E1405191404.mp4]
El presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Elío, indicó que los contratos mineros deben ser aprobados por la Asamblea Legislativa en un tiempo determinado, caso contrario no entran en vigencia.
El presidente de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (FENCOMIN), Alejandro Santos, afirmó que su sector aceptó la modificación al artículo 132 que realizó la Cámara de Senadores en el proyecto de Ley de Minería y Metalurgia, que ahora pasó a su aprobación en la Cámara Baja.
El artículo 132 definía que los contratos mineros deben ser aprobados por la Asamblea Legislativa en un plazo de 90 días, caso contrario entraba automáticamente en vigencia, bajo el concepto de "silencio legislativo". La modificación establece que los contratos no pueden entrar en vigencia si no son aprobados por la Asamblea.
ANF.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas