Sala constitucional de El Alto instruye al TSE continuar con el desarrollo de las elecciones judiciales

El abogado del TSE recordó que esa instancia no incumplió con la norma electoral ni con la Ley 1549 que garantiza las elecciones judiciales, además aclaró que se desarrollaron las actividades del calendario electoral

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El Órgano Electoral avanzó con las actividades del calendario electoral de las elecciones judiciales. Foto: TSE

Fuente: ANF

La Sala Constitucional Tercera de El Alto concedió tutela a la acción de cumplimiento que presentó el secretario ejecutivo de la Confederación de Comunidades Interculturales, Esteban Alavi, en la que instruyó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que  continúe con el desarrollo de las elecciones judiciales.



“Disponiendo que las autoridades ahora demandadas den inmediato cumplimiento a los artículos 190 y artículo 2 inciso k de la Ley de Régimen Electoral debiendo proseguir el proceso de organización, dirección, supervisión, administración y ejecución del proceso electoral para las elecciones de los magistrados y magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y del Tribunal Constitucional Plurinacional”, determinó el Presidente de la sala.

El 14 de octubre, la defensa legal del dirigente intercultural interpuso una acción de cumplimiento contra los vocales del TSE con el fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades para la elección de las nuevas altas autoridades del Órgano judicial, que fue entorpecido por dos amparos constitucionales que solicitaron su paralización.

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La sala admitió ese recurso y determinó aplicar una medida cautelar en la que dispuso que el ente electoral debe continuar con el proceso hasta que se resuelva la acción de cumplimiento, interpuesta por un dirigente del ala arcista.

La audiencia se instaló a las 16:00 horas y se extendió por más de cuatro horas, en la misma se esgrimieron los argumentos de los accionantes, los demandados y los terceros interesados, que en este caso fueron los candidatos habilitados y la Defensoría del Pueblo.

Durante la audiencia, el abogado del TSE recordó que esa instancia no incumplió con la norma electoral ni con la Ley 1549 que garantiza las elecciones judiciales, además aclaró que se desarrollaron las actividades del calendario electoral.

“Sin observar la decisión de fondo, en ningún momento el Tribunal Supremo Electoral ha incumplido las disposiciones que emanan de la Ley 1549 Transitoria para las elecciones judiciales ni la Ley 026 de Régimen Electoral. Se han desarrollado todas las actividades previstas en el calendario electoral previstas desde el 13 de agosto”, manifestó.

El martes se conoció que dos salas constitucionales, una de Pando y otra de Beni, declararon desiertas las convocatorias para magistrados al TSJ y al TCP porque en las listas de los preseleccionados se incorporó a candidatos que obtuvieron una nota de reprobación con el fin de cumplir con los criterios de género y representación indígena.