Fuente: Visión 360
Desde el 14 de marzo, si usted realiza alguna compra por internet, de un producto del exterior, o hace un retiro de cajeros automáticos o paga con su tarjeta de débito en un supermercado, el banco del cual es cliente le cobrará una comisión variable.
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), emitió la Resolución ASFI/216/2025 de 14 de marzo de la presente gestión, que aprueba las modificaciones al Reglamento de Tasas de Interés, Comisiones y Tarifas, mismo que determina las comisiones máximas a ser cobradas para transacciones con el exterior.
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Este ajuste se hizo, según la entidad reguladora, con el propósito de «viabilizar la continuidad de las transacciones mediante el uso de tarjetas de crédito o débito», así como de los servicios y operaciones en el exterior, que realizan las entidades financieras.
Esta norma dispone que, para las transacciones con proveedores del exterior, menores a 100 dólares en compras por internet, pagos por POS físicos y retiros en cajeros automáticos, no aplica el cobro de ninguna comisión.
El cobro de esta comisión se efectuará, según la Asfi, sólo sobre el monto que supere dicha cifra, permitiendo de esta manera que la mayoría de la población que requiera efectuar pagos mediante tarjetas de crédito o débito, puedan realizar sus consumos, independientemente del tipo de transacción que se haga con dichos instrumentos.
Con la medida, asegura que se beneficia al 82% de los tarjetahabientes, quienes utilizan sus tarjetas hasta el señalado monto de gratuidad, aseguró la entidad.
Arriba de 100 dólares
De acuerdo con Asfi, las modificaciones a la norma incorporan una fórmula de cálculo para establecer el porcentaje del componente variable que se aplicará para la determinación de la comisión máxima a ser cobrada en las transacciones con el exterior.
Explicó que la comisión máxima considera un componente fijo relativo al costo de la transacción y el referido componente variable, que calcula un porcentaje, con base en el valor promedio de los 30 días anteriores y siete días de rezago, del costo al cual se adquieren los dólares en el extranjero, de agentes económicos privados.
Esto permitirá atenuar la volatilidad de dicho costo, así como que se continúen brindando los servicios y operaciones con el exterior.
La Asfi señala que «en ningún momento» fijó límites o restricciones en cuanto a montos para la realización de transacciones con el exterior, ya sea a través de transferencias o del uso de instrumentos electrónicos de pago, hecho denunciado por muchos usuarios que requerían realizar pagos o hacer transacciones, las que eran limitadas por diferentes bancos.