Según Saucedo, el plazo de la detención preventiva no debe exceder los 180 días y, si este se ha cumplido, corresponde aplicar el procedimiento que permita la libertad, siempre que se verifique la situación legal del caso.
Naira Menacho
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció la revisión de los plazos procesales en los casos que involucran a Jeanine Añez Chávez, Luis Fernando Camacho Vaca y Marco Antonio Pumari Arriaga, con el fin de garantizar el debido proceso.
El presidente del TSJ, Romer Saucedo, declaró en el programa Que No Me Pierda (QNMP) que esta decisión busca poner fin a las malas prácticas judiciales que han persistido durante años.
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Según Saucedo, el plazo para la detención preventiva no debe pasar los 180 días y si este se cumplió, se deberá aplicar el procedimiento que dispone la libertad en los casos que se pueda comprobar la situación.
“La mala costumbre y la mala práctica judicial debe acabarse ya; el mensaje que damos al país es claro”, señaló.
Saucedo recordó que el plazo máximo para una detención preventiva es de 180 días y, una vez cumplido, corresponde aplicar el procedimiento que permita la libertad de la persona, siempre que se verifiquen las condiciones legales.
El presidente del TSJ destacó que, bajo esta nueva línea institucional, el Ministerio Público ha comenzado a actuar de manera más objetiva, dando cumplimiento a las resoluciones emitidas por el Tribunal.
Respecto al contexto político y mediático de estos casos, Saucedo recalcó la independencia del Órgano Judicial: “Yo no me meto en las atribuciones del Órgano Ejecutivo, ni de la Asamblea Legislativa, ni del Tribunal Electoral. Entonces, tampoco se metan en las atribuciones que tiene el Órgano Judicial, porque hemos venido a hacernos respetar”.
Explicó que este tipo de revisiones no se aplicaban anteriormente debido a la falta de directrices claras desde la presidencia del TSJ, lo que impedía definir los roles de cada instancia del sistema judicial.
Fuente: Red UNO