Santa Cruz: El 19 de septiembre se conocerán los nuevos jurados electorales para la segunda vuelta electoral


La presidente del TED Santa Cruz compartió la fecha de la aprobación de la papeleta electoral, el sorteo y la presentación de jurados electorales. Además, indicó que, quienes no pudieron votar, aún pueden tramitar el certificado de exención.

El día despúes de las elecciones del 17 de agosto, una larga fila de ‘no votantes’ se evidenció en el TED Santa Cruz | Fotógrafo: Juan Carlos Torrejón

Fuente: eldeber.com.bo



La presidenta del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, María Cristina Claros, informó que las personas que no pudieron sufragar en las recientes elecciones por motivos de fuerza mayor, aún pueden tramitar sus certificados de exención hasta el 16 de septiembre.

En cuanto a la segunda vuelta electoral prevista para el 19 de octubre, la autoridad señaló que se está a la espera de la convocatoria oficial del Tribunal Supremo Electoral (TSE), aunque ya se desarrollan actividades del calendario electoral. Entre ellas destacan:

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  • 31 de agosto al 15 de octubre: difusión de estudios de opinión.
  • 3 de septiembre: sorteo de ubicación de franjas y aprobación de la papeleta.
  • 19 de septiembre: sorteo de jurados electorales.
  • 22 al 28 de septiembre: presentación de excusas de jurados.

Certificados para quienes no pudieron votar

“Pueden acudir todavía a las oficinas del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz para solicitar sus certificados de exención de sufragio y no verse perjudicados ante entidades financieras o bancarias y poder realizar con normalidad estos trámites, asimismo en las oficinas de migración”, explicó Claros. Las situaciones que son tomadas en cuenta son: caso fortuito, viaje al exterior, estar en otro departamento por motivo laboral, por motivos de salud, entre otros.

Actualmente, el TED cuenta con 15 funcionarios destinados a la atención de este trámite, en horario de 8:30 a 16:30. Los ciudadanos que no emitieron su voto o no presenten el certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores a la elección serán sancionados con la multa de Bs 550. Además, quienes incumplan esta obligación enfrentarán restricciones para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios u obtener pasaporte, durante los siguientes 90 días.

Claros subrayó que todas estas acciones buscan garantizar el desarrollo de una “fiesta democrática” en la segunda vuelta electoral que definirá autoridades el próximo 19 de octubre.