El abogado Luis Guillén explicó que en otros casos se anularon los procesos, porque la ex mandataria solo puede ser sometida a juicio de responsabilidades. Militares, policías y exministros se beneficiaron.
Por Carlos Quisbert
Fuente: eldeber.com.bo
En las últimas la defensa de la expresidenta Jeanine Añez presentó un segundo recurso extraordinario de revisión de sentencia ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con el propósito de lograr su absolución definitiva y dejar sin efecto la condena de 10 años de prisión dictada en junio de 2022.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
El presidente del TSJ, Rómer Saucedo, confirmó a EL DEBER que el recurso fue admitido y sorteado, y que una magistrada ya fue designada para analizar los fundamentos jurídicos presentados por la defensa.
“En primera instancia, el primer recurso fue declarado inadmisible por no cumplir algunos requisitos formales. Ahora, el segundo recurso está en revisión para determinar si es admisible o no”, explicó Saucedo.
Absolución
El primer recurso de revisión extraordinaria, presentado meses atrás, buscaba anular todo el proceso, en sintonía con los fallos que derivaron en la incompetencia de la justicia ordinaria en los casos de las denominadas masacres de Sacaba y Senkata, donde los tribunales devolvieron los expedientes a la Fiscalía por considerar que las altas autoridades electas deben ser juzgadas mediante un juicio de responsabilidades.
En esta nueva presentación, el abogado Luis Guillén sostuvo que el enfoque es distinto: ya no se pide la nulidad, sino la absolución plena de la expresidenta, alegando irregularidades procesales y vulneraciones al debido proceso.
“Este recurso es mucho más sólido. Áñez fue juzgada sin ser oída, sin estar presente, sin que se valoren sus pruebas de descargo. La sentencia se construyó desde la culpabilidad, no desde la verdad”, afirmó el jurista.
Guillén recordó que el proceso se basó en los hechos ocurridos entre el 10 y el 12 de noviembre de 2019, cuando Áñez, entonces senadora, asumió la presidencia tras la renuncia de Evo Morales y Álvaro García Linera.
La defensa insiste en que los tribunales no consideraron el contexto político de las protestas, las renuncias en cadena y las órdenes emitidas por el MAS para dejar acéfalo el poder. Tampoco se convocó a declarar a Morales ni a García Linera, señalados como presuntas víctimas en la acusación.
Efectos colaterales
La defensa invoca además una sentencia constitucional que permitió anular tres procesos previos contra Añez y liberar a varios procesados, aunque la exmandataria continúa recluida en el penal de Miraflores, cumpliendo la sentencia por el caso “Golpe I”.
El recurso será evaluado por la magistrada sorteada, quien deberá definir si cumple con los requisitos de admisibilidad. Según Saucedo, la ley no establece plazos específicos, aunque anticipó que se espera una resolución “en los próximos días”.
“El procedimiento no fija tiempos concretos, pero esta semana la magistrada se pronunciará”, indicó.
Visión opuesta: la parte querellante cuestiona la validez del recurso. Desde la parte acusadora, el abogado Jorge Nina, representante de la exdiputada del MAS Lidia Patty, calificó el recurso como “inviable”.
“Ya existe un Auto Constitucional, el 173/2025, que declaró inadmisibles este tipo de recursos. Nadie puede volver a pedir la revisión de una sentencia que ya está firme”, sostuvo.
El jurista insistió en que la vía procesal está agotada y que ahora corresponde al Régimen Penitenciario garantizar los derechos de la exmandataria, sin que esto implique alterar la sentencia ejecutoriada.
Impacto político
El caso Áñez continúa siendo un punto sensible en la agenda judicial y política del país. El desenlace del nuevo recurso no solo marcará el futuro legal de la expresidenta, sino que reabrirá el debate sobre la independencia judicial y la aplicación de los juicios de responsabilidades, en un contexto en el que varios fallos recientes del TSJ han modificado la lectura institucional sobre la competencia de los tribunales ordinarios frente a las autoridades electas.