El absurdo de las acusaciones mediáticas contra Freddy Vidovic (Ministro de Justicia): Una causa sin pruebas y con rastros de tortura


Desde la palestra periodística se ha intentado instalar una afirmación: que el actual ministro de Justicia, Freddy Vidovic Falch, habría sido “sentenciado por cohecho” en el caso vinculado al ciudadano peruano Martín Belaunde.

Esa afirmación, repetida como si fuera prueba, no resiste un escrutinio mínimo de documentos, fuentes y cronologíal, pues—al menos en los registros y fuentes públicas que pueden consultarse— no hay la prueba documental que se requiere para sostener una condena penal firme contra Vidovic. 



1. La carga probatoria no está en los titulares:

Una sentencia penal, un acta de audiencia o un expediente que contenga la aceptación de un procedimiento abreviado son actos públicos y, por lo general, quedan registrados en las oficinas judiciales competentes (Tribunales de Sentencia). En la controversia mediática que se genera no muestran copia accesible que muestre una condena en contra de Freddy Vidovic ni una solicitud de procedimiento abreviado presentada por él que haya sido notificada en audiencia. Si alguien afirma que es sentenciado, esa persona tiene la obligación de presentar el documento que lo pruebe.

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2. Contexto procesal y ausencia de pruebas documentales

La causa matriz relacionada con el ciudadano peruano Martín Belaunde Lossio, en la que se vieron perseguidos OTROS abogados del mismo estudio jurídico donde el 2015 trabajaba el Dr. Freddy Vidovic, se tramita actualmente ante el Tribunal Sexto de Sentencia de La Paz.

Sin embargo, en dicho proceso no figura el nombre de Freddy Vidovic. En el expediente no cursa ningún procedimiento abreviado, sentencia, notificación de sentencia ni acta de audiencia que lo involucre.
La ausencia total de documentación procesal o registral sobre su supuesta participación hace incorrecta cualquier afirmación respecto a una supuesta condena, aceptación de culpa o sometimiento a proceso.

3. Secuestro, tortura y abuso de firma en blanco

En el año 2015, durante el régimen del Movimiento al Socialismo (MAS), Freddy Vidovic fue secuestrado y sometido a tortura junto a otros abogados de su firma.

Durante su cautiverio, fue obligado a firmar documentos en blanco bajo coacción, se simuló un proceso sin ninguna garantía procesal, sin ninguna notificación de nada y sin registro público de dicha audiencia o supuesta sentencia, mucho menos antecedentes penales en el rejap de Freddy Vidovic. La tortura y coacción física constituye una violación directa del artículo 15 de la Constitución Política del Estado, que prohíbe la tortura, los tratos crueles e inhumanos, y de los convenios internacionales de derechos humanos ratificados por Bolivia.

Se presume que esas firmas pudieron haber sido utilizadas posteriormente para fabricar documentos, simular un procedimiento abreviado o una autoinculpación, sin conocimiento ni participación legal del afectado, empero no existen rastros ni registros de que esto hubiese sucedido. Empero, en caso de ser así, el uso de documentos obtenidos bajo tortura es jurídicamente nulo, por cuanto todo acto emanado de la violencia carece de valor legal y probatorio.

4. Persecución al ejercicio profesional y violación del Estado de Derecho

La criminalización del trabajo de los abogados defensores constituye una violación del principio de independencia profesional reconocido en la Ley del Ejercicio de la Abogacía y en los tratados internacionales.
Los abogados no pueden ser responsabilizados penalmente por los hechos de sus defendidos, y su persecución o sometimiento a tortura representa una ruptura del Estado de Derecho.

Por tanto, todas las actuaciones judiciales orientadas a incriminarlos o forzar declaraciones carecen de legitimidad y son nulas de pleno derecho.

5. Tortura sistemática y simulación de procedimientos

Los hechos descritos en las fotos que adjunto, no se limitaron a Vidovic. Según testimonios y peritajes independientes, otros abogados y el propio Martín Belaunde fueron torturados y presionados para aceptar procedimientos abreviados y declarar conforme a la narrativa oficial del régimen del MAS en 2015.
En este contexto, ninguna declaración, documento o “confesión” surgida bajo coacción puede ser tomada como reconocimiento de culpa ni como prueba válida en ningún proceso judicial.

Las instituciones que han documentado estas prácticas incluyen al Instituto de Terapia e Investigación sobre las Secuelas de la Tortura y la Violencia de Estado, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de La Paz, la Sociedad Boliviana de Ciencias Forenses y la Unión de Expresos y Exiliados de Bolivia.
Todas coinciden en que hubo tortura, secuestro, amenazas y coacción dirigidas a manipular testimonios.

6. Denuncia rechazada y responsabilidad de la Fiscalía

En el gobierno de transición, Freddy Vidovic y otros presentaron una denuncia contra el ministro de Gobierno del 2015, por tortura, secuestro y abuso de firma en blanco.

La denuncia fue rechazada, incluso en grado de apelación, pues, pese al cambio de gobierno, el fiscal general seguía siendo Juan Lanchipa, funcionario designado durante el gobierno de Evo Morales y el mismo que desestimó las denuncias por el fraude electoral de 2019, favoreciendo al mismo aparato político que lo puso en el cargo.

Dado el carácter imprescriptible que le otorga la CIDH a los delitos de tortura, la Fiscalía General del Estado tiene la obligación de reabrir de oficio esa investigación y esclarecer los hechos.

7. Auditoría pendiente en el Tribunal Sexto

El proceso que actualmente tramita el Tribunal Sexto de Sentencia de La Paz involucra a otros abogados y personas vinculadas al caso Belaunde, pero no incluye a Freddy Vidovic.
Por ello, es necesario que se realice una auditoría judicial y fiscal para determinar:
• Por qué no se registran antecedentes penales en su contra.
• Por qué no existen actas, notificaciones ni sentencias que lo involucren.
• Y de dónde proviene la versión mediática de una condena inexistente.
El Ministerio Público debería, además, requerir los informes técnicos y forenses de las instituciones que documentaron la tortura y la coacción sufridas por los implicados en 2015.

8. La responsabilidad de la prensa

La reproducción acrítica de acusaciones sin respaldo documental contribuye a mantener viva la maquinaria de difamación, manipulación política y persecución ilegal que operó durante el régimen del MAS.
Los medios de comunicación tienen la obligación ética de no convertirse en caja de resonancia de hechos construidos sobre tortura y violaciones a los derechos humanos.

Difundir versiones no verificadas o repetir narrativas que carecen de sustento judicial equivale a legitimar un aparato represivo que, en 2015, persiguió, torturó y forzó declaraciones bajo amenaza.
El periodismo responsable no amplifica la violencia ni se presta a revalidar injusticias: su deber es investigar, contrastar y proteger la verdad.

 

Nadia Beller