Año nuevo, nuevo decreto


El primero de enero comenzó “potente”. O al menos así se percibió en redes sociales tras conocerse que el presidente Rodrigo Paz aprobó el Decreto Supremo 5515, publicado oficialmente en el último día de 2025. La norma delimita competencias del vicepresidente y habilita la posibilidad de que el presidente gobierne aun encontrándose fuera del territorio nacional, mediante el uso de medios tecnológicos. En términos prácticos, esta disposición introduce un cambio sustancial: la figura del interinato presidencial temporal, tal como se la conocía, quedaría virtualmente anulada.

Desde una lectura política —incluso apelando a cierta jerga coloquial— es válido preguntarse si esta decisión responde a un cálculo estratégico orientado a contener a un opositor interno, en este caso el vicepresidente Edmand Lara, quien se ha autodefinido públicamente como opositor del presidente, particularmente a través de reiterados pronunciamientos en redes sociales como TikTok. En política, el timing es crucial. Bajo esta lógica, el equipo asesor de Paz pudo haber sugerido que el decreto se promulgara el día previo —o incluso el mismo día— a su viaje al exterior. Ello habría desplazado el debate público y jurídico sobre su constitucionalidad hasta el retorno del mandatario, generando de facto una práctica sostenida que, con el tiempo, podría haber derivado en jurisprudencia administrativa.



Sin embargo, la aprobación anticipada y la rápida difusión de la norma provocaron el efecto contrario: analistas, opositores e incluso precandidatos a las elecciones autonómicas —subnacionales— cuestionan abiertamente el decreto, señalando una posible vulneración de la Constitución Política del Estado.

Conviene ir por partes. En el ámbito jurídico, las normas también se consolidan a partir de la costumbre y la aceptación. Bajo el principio de iure, toda norma emitida por el Órgano Ejecutivo se presume constitucional mientras el Tribunal Constitucional Plurinacional —guardián de la constitución— no determine lo contrario. El debate, entonces, puede transitar por la legalidad o ilegalidad del decreto desde el derecho positivo, particularmente en torno al concepto de “ausencia” presidencial contemplado en la Constitución: si esta se limita a causales de fuerza mayor (como incapacidad por razones de salud) o si incluye la ausencia física del territorio nacional.

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No obstante, el objetivo de este texto no es un análisis jurídico exhaustivo, sino una lectura política del ejercicio del poder. Desde esta perspectiva, el accionar de Rodrigo Paz parece orientado a capitalizar la desaprobación que enfrenta su vicepresidente. De acuerdo con una encuesta realizada durante el primer mes de gestión, el presidente registra un 65% de aprobación, mientras que Edmand Lara alcanza un 52% de rechazo en las ciudades capitales del país. En ese marco, evitar que un vicepresidente con alta desaprobación asuma el interinato presidencial no resulta una hipótesis descabellada, aunque ello implique asumir costos ante sectores institucionalistas.

El escenario inverso tampoco es menor. Si el Decreto Supremo 5515 fuera revocado o quedara sin efecto, Lara asumiría como presidente interino con plenas facultades constitucionales. Para el gabinete de Paz, este escenario sería particularmente adverso. Durante un interinato, incluso de corta duración, Lara podría modificar o anular el Decreto Supremo 5503 —una de las normas más cuestionadas por el vicepresidente— considerado por el oficialismo como el pilar de la “nueva historia” económica del país, especialmente por disposiciones sensibles como el precio de los carburantes. Asimismo, tendría la posibilidad de reconfigurar el gabinete ministerial, en un contexto marcado por acusaciones cruzadas que van desde presunta venta de cargos hasta supuestos vínculos con el narcotráfico.

Por otro lado, si el Decreto 5515 se mantiene vigente, el descontento podría ampliarse. En las primeras 24 horas tras su promulgación, la norma generó rechazo incluso en sectores que no se identifican políticamente con el vicepresidente Lara. Esto evidencia que cuestionar el decreto no equivale necesariamente a respaldar al vicepresidente, sino que, en muchos casos, responde a una defensa de la institucionalidad y del orden constitucional. Desde esta posición, analistas y actores políticos —sin asumirse como opositores— han exhortado a que presidente y vicepresidente “limen asperezas”, aunque todo indica que no ha existido un esfuerzo real por recomponer la relación.

Tampoco puede ignorarse que una parte significativa de la población respalda el decreto. Este apoyo se explica por dos razones principales: la aprobación de la gestión de Rodrigo Paz y, en paralelo, la desaprobación del desempeño de Edmand Lara. Para estos sectores, un eventual interinato del vicepresidente podría generar inestabilidad política, argumentando que la seguridad del Estado requiere liderazgo y capacidad, cualidades que —según esta percepción— Lara no ha demostrado.

En definitiva, el Decreto Supremo 5515 trasciende el plano jurídico y coloca la sucesión presidencial en el centro del cálculo político. Al redefinir reglas en un contexto de fricciones internas, la medida busca asegurar gobernabilidad, pero también introduce nuevos riesgos. Si no se administra con criterio institucional y visión de largo plazo, una decisión pensada para ordenar el poder puede terminar erosionando los equilibrios que pretende preservar.

Dennys Peredo Borda es politólogo, estratega en comunicación política y actual vicepresidente del Colegio de Politólogos de Santa Cruz.